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Solamente 901 personas, que representan al 0,5% de los 163.355 afectados por la suspensión cautelar del voto, podrán participar en las elecciones generales del 29 de noviembre.

Según información de EFE, este miércoles el Gobierno español entregó la lista solicitada por el Tribunal Supremo con la identidad de los 163.355 nacionalizados por la Disposición Adicional Octava de la Ley de Memoria Democrática (20/2022).

El apartado permite acceder a la nacionalidad a hijos y nietos de españoles que sufrieron el exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia u orientación sexual.

Sin embargo, una decisión del máximo tribunal suspendió de forma temporal las altas incorporadas al Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).

Por qué el Tribunal Supremo suspendió temporalmente el derecho al voto exterior de los nacionalizados por la Ley de nietos

A inicios de septiembre, el Supremo dejó en suspenso cautelar los efectos electorales de algunas inscripciones en el CERA, hasta que los consultados acreditasen que los nacionalizados por la denominada Ley de nietos cumplían con la condición de descendientes de españoles exiliados por razones políticas.

En la misma línea, la Sala de lo Contencioso Administrativo reclamó el viernes pasado al Gobierno la lista con los 163.355 nacionalizados y afectados por la suspensión al voto. La presentación de la lista tenía como fecha de vencimiento este miércoles a las 15:00 -disposición que fue cumplida dentro del plazo establecido- con la advertencia de aplicar multas o deducción de testimonio en caso de incumplimiento.

A inicios de septiembre, el Tribunal Supremo dejó en suspenso cautelar los efectos electorales de algunas inscripciones en el CERA.
A inicios de septiembre, el Tribunal Supremo dejó en suspenso cautelar los efectos electorales de algunas inscripciones en el CERA.EFE

Por tanto, fuentes del Ministerio de Justicia han informado a EFE que se facilitó un registro de la relación nominal con nombres y apellidos. No obstante, los consultados solamente han expedido 901 certificados de personas que acreditaron ser hijos o nietos de exiliados españoles, según han explicado fuentes de Exteriores a la misma agencia.

El Supremo había aplicado la suspensión cautelar del derecho al voto de los 163.355 nacionalizados por la Ley de nietos en respuesta al recurso de Vox e Iustitia Europa.

El mismo iba en contra de una instrucción del Gobierno que establecía la “presunción” de la condición de exiliados a todos los españoles que salieron del país entre 1936 y 1955, durante la Guerra Civil y posterior dictadura franquista.

En aquel escenario, no era necesario acreditar los motivos del exilio con documentación para beneficiarse de esa presunción al solicitar la nacionalidad española.

Denuncian la “falta de apoyo” a los cónsules para identificar a los 163.355 nacionalizados por la Ley de nietos

Tras la solicitud del Tribunal Supremo de identificar a los nacionalizados por la Ley de nietos cuyo derecho al voto se encontraba temporalmente suspendido, la Asociación de Diplomáticos Españoles (ADE) denunció la falta de apoyo del Ministerio de Exteriores a los cónsules para elaborar la lista.

En un comunicado, la asociación ha defendido que los cónsules tramitaron las solicitudes de nacionalidad en el marco de la Ley de nietos conforme al conjunto de las instrucciones dictadas por las autoridades. En este sentido, han expresado que la red consular “se encuentra gravemente desatendida” en lo referido a medios humanos y técnicos, infraestructuras o seguridad en el trabajo.

El Tribunal Supremo aún debe pronunciarse sobre solicitudes que amplían la suspensión del derecho al voto, presentadas por Iustitia Europa.
El Tribunal Supremo aún debe pronunciarse sobre solicitudes que amplían la suspensión del derecho al voto, presentadas por Iustitia Europa. EFE

Según la versión de los diplomáticos recogida por EFE, el Ministerio de Exteriores reforzó las plantillas consulares en el último momento. Además, la asociación denunció que los consulados todavía no disponían de la herramienta informática anunciada para incorporar los expedientes revisados y que únicamente contaban con “una alternativa rudimentaria y poco eficiente”.

Por otro lado, el Tribunal Supremo todavía debe pronunciarse sobre nuevas solicitudes de medidas cautelarísimas presentadas por Iustitia Europa para ampliar la suspensión del voto a otros ciudadanos nacionalizados mediante la Ley de Memoria Democrática.