Murió la Ley de Alquileres: los inquilinos pueden abandonar el piso rentado antes de cumplir un año si cumplen con este procedimiento
Los inquilinos que deseen abandonar su piso antes de cumplir un año de contrato pueden hacerlo sin penalizaciones, siempre y cuando sigan los pasos establecidos.
La Ley de Alquileres ha dado un giro importante para los inquilinos que desean dejar su vivienda antes de cumplir el año de contrato. Ahora, existe un procedimiento claro para evitar penalizaciones, siempre y cuando se cumpla con ciertos requisitos establecidos por la normativa.
La normativa para alquilar fue cambiando con la demanda de derechos y obligaciones. A continuación, detallamos qué pasos seguir para garantizar una salida sin complicaciones del alquiler.
¿Cómo pueden los inquilinos abandonar el alquiler antes de un año sin pagar penalización?
Según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y la reforma introducida en la Ley 4/2013, un inquilino puede abandonar un inmueble antes de completar los seis meses de permanencia obligatoria, sin que ello implique una penalización económica, si sigue el procedimiento adecuado.
En primer lugar, es necesario que el inquilino notifique al arrendador su intención de irse con al menos 30 días de antelación, independientemente de la duración del contrato.
Este aviso debe realizarse por escrito, utilizando métodos que aseguren la constancia de la fecha de notificación, como un burofax. De no cumplirse con este plazo de preaviso, el arrendador podría exigir una compensación por los daños causados por la interrupción temprana del contrato.
¿Qué ocurre después de los seis meses?
Transcurrido este período, el inquilino puede dejar la vivienda sin necesidad de pagar ninguna indemnización, siempre que se haya comunicado correctamente al arrendador con la antelación mencionada.
Cláusula de indemnización en el contrato de alquiler: cómo funciona
En algunos contratos de alquiler, los arrendadores pueden incluir una cláusula que obliga al inquilino a pagar una indemnización si decide abandonar la vivienda antes de tiempo. Esta indemnización consiste en una mensualidad de alquiler por cada año restante del contrato.
En el caso de que el período que falta sea inferior a un año, la indemnización se calculará de manera proporcional. Sin embargo, esta cláusula solo se aplica si está específicamente indicada en el contrato y solo es exigible en contratos de alquiler con una duración mínima de cinco años.