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Los propietarios de viviendas frecuentemente se plantean la opción de transferir o vender sus casas a familiares a precios simbólicos, con el objetivo de eludir impuestos o facilitar el proceso de compraventa. Sin embargo, esta práctica, aunque habitual, suscita dudas respecto a su legalidad y las repercusiones fiscales.

La normativa vigente indica que, si bien estas transacciones son factibles, pueden acarrear consecuencias, dado que regalar una propiedad o venderla por un precio inferior al del mercado en España podría generar la obligación de abonar impuestos sobre donaciones o plusvalías.

Precio mínimo para vender una casa

No existe una ley que establezca un precio fijo para la venta de una casa, lo que confiere a los propietarios la facultad de determinar el precio que consideren adecuado. El Derecho Civil respeta el "principio de autonomía de la voluntad", lo que permite a las partes involucradas acordar el precio de compraventa de manera libre y legal.

No obstante, es fundamental tener en cuenta que cada inmueble posee un precio mínimo de venta, conocido como valor de referencia catastral o valor mínimo fiscal. Vender una propiedad por debajo de este valor puede acarrear consecuencias legales y fiscales significativas.

¿Es legal regalar una casa a un familiar?

Según informó el portal inmobiliario Habitaclia, la Ley General Tributaria en España prohíbe regalar o vender una casa a un precio simbólico, considerándolo una práctica ilegal. Esta normativa busca asegurar que todas las transacciones inmobiliarias se realicen de manera justa y transparente, evitando la elusión de impuestos.

La Administración es responsable de fijar el precio mínimo de venta de una propiedad, basado en el valor catastral, que se determina a partir de diversos factores relacionados con el inmueble. Por lo tanto, cualquier propietario que realice una compraventa debe declarar la operación por este valor mínimo fiscal establecido por la Agencia Tributaria, lo que impide la posibilidad de realizar transacciones a precios simbólicos.

Los aspectos legales, fiscales y emocionales a considerar

La Ley General Tributaria establece que regalar o vender una casa a un precio simbólico puede ser considerado un delito grave contra la hacienda pública. Esta práctica, al no reflejar el valor real de la propiedad, puede acarrear serias implicaciones fiscales tanto para el vendedor como para el comprador. Las autoridades fiscales están atentas a estas transacciones, ya que pueden interpretarse como intentos de fraude.

En caso de que el precio de venta sea significativamente inferior al valor de mercado, Hacienda podría iniciar una investigación sobre la compraventa. Si se determina que ha habido un fraude, la administración tributaria no dudaría en imponer sanciones. Estas sanciones pueden incluir el requerimiento del pago de la diferencia entre el valor real y el declarado, así como intereses y otras penalizaciones.

Además, si se considera que el precio declarado está muy por debajo del valor de mercado, Hacienda podría exigir el pago del IRPF correspondiente a la mayor ganancia patrimonial obtenida. Las sanciones impuestas por la administración pueden ser severas, llegando a alcanzar hasta el 150% del importe defraudado, lo que subraya la importancia de realizar transacciones inmobiliarias de manera transparente y conforme a la ley.