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La precariedad laboral es una realidad que afecta a miles de trabajadores en España. Si bien el sistema de protección social debería garantizar una vejez digna, existen ocasiones donde puede fallar, en especial cuando existen periodos intermitentes de empleo.

Ahora, gracias a un mecanismo establecido en el artículo 249 bis de la Ley General de la Seguridad Social, aquellos trabajadores que hayan tenido contratos de cinco días o menos pueden computar cada jornada laboral como 1,4 días de cotización.

Esta medida tiene por objetivo reforzar su historial contributivo, de forma que puedan acceder tanto a la pensión de jubilación como a otras prestaciones.

Aquellos trabajadores que hayan tenido contratos de cinco días o menos pueden computar cada jornada laboral como 1,4 días de cotización (Fuente: Freepik)
Aquellos trabajadores que hayan tenido contratos de cinco días o menos pueden computar cada jornada laboral como 1,4 días de cotización (Fuente: Freepik)

Cómo funciona el cálculo que utiliza la Seguridad Social

El sistema de cotización tradicional contaba cada día trabajado como un único día de cotización. Sin embargo, con el nuevo enfoque, los contratos ultracortos reciben un tratamiento preferencial: un día real se multiplica por 1,4 a efectos de acreditación.

Este mecanismo no solo mejora la posibilidad de cumplir con esta carencia, necesaria para recibir jubilación contributiva, sino que también beneficia a prestaciones como incapacidad temporal, viudedad, orfandad o nacimiento y cuidado del menor.

El cambio que beneficia a muchos trabajadores

Para ilustrarlo, una trabajadora puede tener 25 años por contratos indefinidos y 5 años distribuidos en jornadas muy breves. Eso equivale a 1825 días reales de trabajo discontinuo, que al aplicarse el coeficiente quedan en 2555 días cotizados.

Sumando los 9125 días tradicionales (25 años) más los 2555 días "extra", la cotización resultante asciende a 11.680 días, equivalentes a 32 años de cotización.

De esta forma, esta trabajadora podría acceder a un 89,74% de la base reguladora, frente al 85,18% sin el ajuste. El aumento puede parecer modesto, pero supone un impacto decisivo que influye toda la vida laboral.

A quién beneficia esta medida de la Seguridad Social

Este mecanismo está orientado específicamente al colectivo con contratos de muy corta duración (5 días). Es una apuesta clara contra la precariedad laboral, al fortalecer el valor de esas etapas intermitentes de empleo.

Este mecanismo está orientado específicamente al colectivo con contratos de muy corta duración(Fuente: Freepik)
Este mecanismo está orientado específicamente al colectivo con contratos de muy corta duración(Fuente: Freepik)

Sin embargo, no se aplica para contratos a tiempo parcial, de relevo a tiempo parcial o fijo-discontinuos, que tienen sus propias reglas de cotización.

Tampoco se debe confundir con la integración de lagunas (que afecta solo cuantía) o con las cotizaciones ficticias (como cuidado por hijos o servicio militar): este es un sistema muy concreto y diferenciado.

El artículo 249 bis refuerza la capacidad de los trabajadores con trayectorias laborales más accidentadas y ofrece una vía para mejorar de forma realista su pensión y acceder a prestaciones de forma más justa.