

La ley, establecida por el Real Decreto 370/2023, que modifica al Real Decreto 1851/2009, tiene como objetivo ofrecer mayor protección a las personas con discapacidades que han enfrentado dificultades adicionales para mantenerse en el mercado laboral.
En este contexto, la Seguridad Social española ha anunciado que los trabajadores mayores de 52 años tienen la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada, siempre y cuando cumplan ciertos requisitos establecidos por la legislación vigente.
Entre los requisitos principales se encuentra haber cotizado un mínimo de 15 años, de los cuales al menos 5 deben haber sido con un grado de discapacidad igual o superior al 45%, motivado por una patología reconocida oficialmente.
Además, es necesario haber alcanzado los 56 años de edad. Se trata de una medida que busca facilitar el acceso a unapensión para aquellos con trayectorias laborales prolongadas y situaciones de discapacidad.

Conoce la nueva edad de jubilación anticipada desde 2025
En el año 2025, la edad de jubilación ordinaria se establece en 66 años y ocho meses para aquellos que hayan cotizado menos de 38 años y tres meses a la Seguridad Social. Por otro lado, quienes hayan cotizado 38 años y tres meses o más tendrán la opción de jubilarse a los 65 años.
No obstante, debido a diversas circunstancias personales o factores determinantes, algunos españoles pueden optar por jubilarse antes de alcanzar la edad ordinaria de jubilación establecida.

Como hemos señalado, ciertos ciudadanos tienen la posibilidad de jubilarse a partir de los 52 años de edad. Esto se realiza a través de la modalidad de jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 65%.
La Seguridad Social también contempla la opción de jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45%. En este caso, el ciudadano puede acceder a la jubilación a partir de los 56 años de edad.
Requisitos para que los mayores de 52 años accedan a la jubilación anticipada
En España, las personas mayores de 52 años tienen la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
- Contar con una discapacidad reconocida igual o superior al 65%.
- Haber alcanzado, al menos, la edad de 52 años.
- Acreditar un periodo de cotización de, al menos, 15 años a la Seguridad Social, independientemente de si dicha cotización se ha realizado con o sin la discapacidad reconocida.
- En el caso de la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45%, se requiere que un mínimo de 5 años de cotización se haya realizado con la discapacidad reconocida.
De este modo, cualquier ciudadano tiene la oportunidad de acceder a la jubilación desde los 52 años de edad. Todo ello, sin que la Seguridad Social aplique ningún coeficiente reductor a la cuantía de la pensión contributiva.














