

A pesar de que algunas personas que se hayan retirado recientemente no lo tengan en cuenta, el Gobierno exige a los pensionados y jubiladosde la Seguridad Social que presenten un documento importante para seguir percibiendo su salario.
Se trata de la fe de vida que es solicitada por el Estado para saber si el pensionista continúa vivo. De esta forma, buscan evitar posibles fraudes o estafas por parte de terceros.

El documento que deberán presentar obligatoriamente para cobrar su pensión
En la página oficial del organismo, el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) comunicó que la documentación "consiste en remitir una fe de vida, que pueden obtener mediante acta notarial de presencia o compareciendo ante los encargados de los Registros Civiles Consulares".
Además, el ministerio explicó que los jubilados también pueden tramitarlo en "las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del lugar donde residan".
En el caso de las personas mayores que no puedan realizar el trámite obligatorio de forma presencial, el organismo estatal ofrece otra opción a los pensionistas:
"Se contempla la posibilidad de realizar la comparecencia por videoconferencia ante estas Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del lugar donde resida el pensionista, con la finalidad de evitar el desplazamiento a los interesados", explican.

El INSS junto con el Instituto Social de la Marina (ISM) han explicado que se podrá presentar alguno de los siguientes documentos:
- Certificado de Fe de Vida y Estado emitido por el Consulado General de España correspondiente a su demarcación.
- Certificado de comparecencia emitido por esta Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
- Certificado de Fe de Vida y Estado civil emitido por escribano con la Apostilla de la Haya.
¿Qué jubilados están obligados a presentar este documento?
Los ciudadanos que deberán tramitar este documento son los jubilados que residan fuera de España, ya que la Seguridad Social exige este papel para seguir depositándoles la pensión.
Este grupo de pensionistas estarán obligados a mostrar este documento en el primer trimestre del año. Esto significa que deberán presentarlo antes del 31 de marzo.
Sin embargo, los pensionistas que residen en el país no estarán obligados a presentar ninguna comunicación de fe de vida ni realizar otro trámite para recibir su pago mensual.













