Confirmado por el Gobierno: a partir de ahora, regalarán años de cotización sin trabajar si se tienen 25 años de experiencia
La Seguridad Social ha anunciado una medida clave para quienes enfrentan lagunas en su historia laboral.
La Seguridad Social ha anunciado una medida clave para quienes enfrentan lagunas en su historia laboral. A partir de este año, los trabajadores que acrediten al menos 25 años de experiencia podrán beneficiarse de un mecanismo que les sumará años de cotización sin necesidad de haber trabajado durante esos periodos.
Esta herramienta busca compensar a quienes, por causas diversas, no lograron mantener una continuidad plena en su carrera profesional. El objetivo principal es suavizar el impacto que las lagunas de cotización generan en el cálculo de las pensiones, especialmente en casos de trayectorias laborales interrumpidas o inestables.
¿En qué consiste la "integración de lagunas"?
La medida se basa en un mecanismo ya existente pero poco conocido: la llamada integración de lagunas. Este instrumento permite que la Seguridad Social complete los períodos sin cotización con bases ficticias, otorgando así al trabajador un cómputo más favorable para calcular su jubilación.
Para quienes hayan trabajado durante al menos 25 años, el sistema cubrirá hasta 48 meses sin cotización con la base mínima correspondiente a un trabajador de 18 años.
En la práctica, esto implica que incluso si una persona ha estado desempleada o fuera del sistema durante cierto tiempo, esos meses no contarán como vacíos.
Más aún, si se superan esos cuatro años de laguna, los meses adicionales se integrarán al 50% de esa base mínima. Esta política favorece, especialmente, a quienes han tenido empleos precarios, discontinuos o que sufrieron largos períodos de inactividad involuntaria.
¿A quiénes beneficia y cuáles son los límites de la medida?
El nuevo impulso a la integración de lagunas apunta directamente a los trabajadores con carreras irregulares.
Personas que han trabajado en sectores con alta temporalidad, mujeres que interrumpieron su vida laboral por cuidados familiares, o autónomos con ingresos fluctuantes, encontrarán en esta medida una vía para proteger su pensión futura.
Sin embargo, la norma establece límites claros. No se aplicará en casos donde la empresa haya incumplido su deber de cotizar. Es decir, si una empresa dejó de abonar las cotizaciones correspondientes, ese periodo no será cubierto por la Seguridad Social.
Tampoco se considerarán como lagunas los meses no cotizados que se produjeron por causas imputables al propio trabajador, como la baja voluntaria sin justificación o el abandono del sistema.