Si me voy de vacaciones y no le contesto a mi jefe sus mensajes, ¿me puede despedir?
Esto es lo que se debe saber sobre la Ley de Desconexión Digital y los derechos de los trabajadores durante vacaciones.
El verano es una realidad y a medida que aumenta la temperatura los trabajadores comienzan a impacientarse por sus vacaciones o las escapadas de un par de días. Esto genera expectativa, muchos solo desean desconectar y descansar de las responsabilidades laborales durante esas fechas. Algo que no todos logran.
Entre la lista de pros de la tecnología destaca la comunicación permanente estés donde estés con otras personas. En la lista de contras, depende a quien se le consulte, destaca el mismo aspecto.
Es difícil tomarse un descanso cuando hay un canal directo abierto con los jefes de manera constante. Poner límites en cuanto a esto puede ser complicado y muchos se cuestionan si el rechazar una llamada o archivar el chat puede ser motivo de represalias aunque se esté de vacaciones.
Si me voy de vacaciones y no le contesto a mi jefe, ¿me puede despedir?
Esta pregunta se resuelve fácilmente desde la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos y Garantías de los Derechos Digitales. Especifica que la desconexión digital es indispensable para las relaciones laborales y hace especial hincapié en que todos los trabajadores tienen derecho a esta para garantizar su tiempo de descanso e intimidad personal.
Esto implica que durante las vacaciones o fuera del horario laboral no se está obligado a responder las llamadas o mensajes relacionados al trabajo y no se puede ser sancionado ni mucho menos despedido por ello.
¿Qué pasa si desde mi trabajo no respetan la ley de desconexión digital?
Se trata de un derecho que de no respetarse la Inspección de Trabajo puede imponer una multa contundente a la empresa. Si bien existen casos en que se puede justificar llamadas laborales fuera del marco del trabajo, por ejemplo ser la única persona con acceso a algo necesario e impostergable, la mayoría de las veces es ilegal.
Si la empresa o el jefe se comunicará durante el periodo de vacaciones con exigencias, se puede denunciar por vulneración al derecho a la desconexión del trabajo y desde la Inspección de Trabajo podrían imponerles sanciones financieras con multas que arrancan en los 626 euros hasta los 6250 euros.
Si la compañía repitiese de forma reiterada esta vulneración a la desconexión digital puede calificar como acoso laboral, y las multas podrían escalar hasta los 187.215 euros. Por lo que bajo ningún contexto se puede despedir o sancionar por no contestar a las comunicaciones mientras se está de vacaciones.