En esta noticia

En España hay casi 28 millones de personas con algún tipo de permiso de conducir. Para muchas de ellas, especialmente para quienes viven en municipios pequeños o zonas mal conectadas por transporte público, el coche no es un capricho sino una herramienta básica para mantener la autonomía cotidiana: ir al médico, hacer la compra, visitar a la familia, entre otras cosas.

Por eso, cualquier cambio en las condiciones de renovación del carnet genera inquietud, especialmente entre los conductores de mayor edad.

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha introducido cambios normativos en 2026 que afectan directamente a dos generaciones concretas: los nacidos en 1956 y los nacidos en 1961. La clave es que, a partir de los 65 años, el plazo de renovación del permiso se acorta de forma significativa, lo que obliga a pasar por reconocimientos médicos con mayor frecuencia.

Los problemas que tendrán los nacidos en 1961 para renovar la licencia de conducir.Shutterstock

¿Qué cambia para los nacidos en 1961?

Hasta los 65 años, el permiso de conducir ordinario tiene una vigencia de diez años. A partir de esa edad, la DGT reduce ese plazo para garantizar un control médico más frecuente sobre las condiciones físicas, sensoriales y cognitivas necesarias para conducir con seguridad.

Los nuevos periodos de vigencia quedan así: cinco años para los permisos AM, A1, A2, A y B, así como para las licencias de conducción. Para los permisos profesionales de camiones y autobuses C, C1, D, D1 y sus variantes con remolque el plazo se reduce a tres años.

En la práctica, los conductores nacidos en 1961 que cumplen 65 años en 2026 dejan atrás el ciclo de renovación decenal y pasan a renovar cada cinco años. Un cambio que no implica ningún trámite adicional inmediato, pero que sí modifica el calendario de revisiones al que deberán ajustarse a partir de ahora.

Los cambios en el carnet de conducir para las distintas edades.Shutterstock

Qué cambia en el carnet de conducir para los nacidos en 1956

Los conductores nacidos en 1956, que cumplen 70 años este año, tienen una novedad más positiva: quedan exentos del pago de las tasas asociadas a la renovación del permiso de conducir.

La exención de la tasa no elimina, sin embargo, la obligación de pasar el reconocimiento médico obligatorio, que sigue corriendo por cuenta del conductor y debe realizarse en un centro autorizado por la DGT. El centro comunica directamente el resultado a Tráfico, sin que el conductor tenga que desplazarse a una oficina de la DGT.

Hay además una facilidad añadida para este colectivo: los mayores de 70 años pueden realizar la gestión de renovación sin necesidad de solicitar cita previa, lo que simplifica considerablemente el trámite.

Cómo se realiza la evaluación médica y qué mide

El proceso de renovación es sencillo. Basta con acudir a uno de los Centros de Reconocimiento de Conductores homologados por la DGT, que se encargan de gestionar todo el trámite sin que el conductor tenga que desplazarse a una oficina de Tráfico.

Los tests psicotécnicos evalúan visión, audición, reflejos, coordinación y estado cognitivo. Mientras esas pruebas se superen, el permiso puede renovarse sin ningún techo de edad. La DGT lo repite cada vez que puede: en España no existe una edad límite para seguir conduciendo. Lo que sí existe es la obligación de demostrar periódicamente que las condiciones para hacerlo con seguridad se mantienen intactas.

Qué multa se pone por conducir con el permiso caducado

Circular con el permiso de conducir caducado está considerado una infracción grave y conlleva una multa de 200 euros. Aunque esta sanción no implica pérdida de puntos, sí puede acarrear consecuencias administrativas. Corresponde al propio conductor asegurarse de que su carnet no ha vencido antes de salir a la carretera.

El carnet puede llevarse en formato físico o de forma digital a través de la aplicación Mi DGT, que desde 2022 tiene la misma validez legal que el documento físico.