

La vida en comunidad implica respetar tanto los espacios propios como los de los demás. En los últimos meses, conflictos vecinales, cambios normativos y una conciencia social más sensible al tabaquismo pasivo han reforzado el debate en torno al uso de los espacios privados al aire libre.
En este contexto, la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), que regula la convivencia en comunidades de propietarios, otorga poder a las comunidades para declarar que ciertos espacios como balcones o terrazas sean “zonas sin humo”.

Cómo la Ley de Propiedad Horizontal permite vetar fumar en balcones
La clave está en el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, que prohíbe actividades consideradas “molestas, insalubres, nocivas o peligrosas” cuando estos actos pueden afectar al resto de la comunidad.
Por tanto, aunque un balcón pertenezca a un piso privado, no existe un derecho absoluto a hacer lo que se desee. Si el humo del tabaco invade otras viviendas de forma persistente (por ejemplo, a través de ventanas, ventilaciones o patios interiores) la comunidad tiene la facultad de exigir la suspensión de esa conducta.
En la práctica, eso puede traducirse en una prohibición colectiva incluida en los estatutos, o incluso en llevar el conflicto a los tribunales si no se respeta.
Lo habitual es que estas prohibiciones se activen cuando el problema es continuado: fumar de forma ocasional y puntual no suele generar suspensión, pero fumar de modo repetido, con humo visible que invade otras viviendas o con molestias reiteradas, ya ha sido considerado motivo suficiente para intervenir.
Cómo las reformas antitabaco refuerzan la tendencia a vetar el humo
El contexto normativo en España también se mueve hacia una regulación del tabaquismo más exigente. En 2025, el Gobierno ha presentado un anteproyecto de ley que prevé prohibir fumar y vapear en terrazas de bares, zonas públicas, instalaciones deportivas, marquesinas, centros educativos, espacios de ocio, y otros entornos compartidos.
La reforma equipara los cigarrillos electrónicos y los dispositivos de tabaco calentado a los cigarrillos tradicionales, por lo que también entrarían en cualquier veto establecido en comunidades, municipios o espacios públicos
Este contexto normativo refuerza la posibilidad de que comunidades de vecinos opten por regular con firmeza el uso del balcón, aunque sea privado, cuando el humo afecta a terceros.
De hecho, asociaciones de no fumadores ya recogen denuncias crecientes por humo que invade hogares colindantes, y destacan la necesidad de proteger el derecho al aire limpio en espacios residenciales.
Qué deben hacer vecinos y comunidades antes de fumar en el balcón
Para evitar conflictos y posibles sanciones, conviene tener en cuenta lo siguiente:
- Revisar los estatutos de la comunidad de propietarios: si incluyen una cláusula antitabaco o reglas sobre uso de terrazas, esas normas son vinculantes.
- Valorar el impacto real del humo: si hay olor persistente, humo que entra en otras viviendas o molestias recurrentes, la comunidad puede tener base legal para actuar.
- Intentar un diálogo vecinal antes de medidas formales: muchas disputas se resuelven con entendimiento mutuo y respeto.
- Consultar que los estatutos se adapten a la normativa vigente —especialmente si la comunidad planea prohibir fumar en balcones o terrazas de forma general.

En este escenario, lo que para una persona puede parecer un acto de intimidad para otra puede representar una vulneración del derecho al descanso, la salud y la tranquilidad. Este ajuste cultural y normativo podría cambiar la vida en comunidad tal y como muchos la conocen. La convivencia y la ley están tomando partido por un aire más limpio.














