Atención jubilados: el IMSERSO eliminará la pensión no contributiva si no presentan este documento
El IMSERSO pide a los beneficiarios de pensiones no contributivas que presenten su declaración anual de ingresos. A continuación, más información.
La responsabilidad de la gestión de las pensiones no contributivas recae en el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO). Para acceder a estas ayudas, no es necesario haber realizado aportaciones a la Seguridad Social, ya que los requisitos establecidos son bastante accesibles.
En relación con la pensión no contributiva de jubilación, se requiere que el solicitante tenga 65 años o más y que haya residido en territorio español durante un periodo mínimo de diez años.
Este periodo debe abarcar desde la fecha en que se cumple la mayoría de edad (16 años) hasta la fecha de devengo de la pensión, de los cuales al menos dos años deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.
Por otro lado, la pensión no contributiva de invalidez requiere que el solicitante tenga entre 18 y 65 años y que haya residido en territorio español durante un periodo de cinco años, de los cuales al menos dos deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud. Además, en caso de discapacidad, esta debe ser de un grado igual o superior al 65%.
Es importante señalar que ambas prestaciones son incompatibles entre sí. En 2024, este umbral debe ser inferior a 7250,60 euros anuales.

Causas de suspensión de la pensión no contributiva
Desde el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) se informa que los beneficiarios de una pensión no contributiva tienen plazo hasta el 31 de marzo para presentar diversos documentos relacionados con la prestación. Uno de los requisitos esenciales es la declaración anual de ingresos.
Asimismo, es imperativo presentar el certificado de fe de vida correspondiente al primer trimestre del año, el cual es un documento fundamental para la continuidad de la prestación.
Es importante que el pensionista tenga presente que cualquier modificación en su dirección, situación personal o situación económica debe ser comunicada a la entidad gestora de su pensión en un plazo no superior a 30 días.
Los beneficiarios de la pensión no contributiva no deben entrar en pánico si se produce la suspensión del pago, ya que recibirán una notificación al respecto y el proceso para la restauración de la pensión es bastante sencillo y accesible.

Recuperación de pagos permitida por el IMSERSO en caso de suspensión temporal
Adicionalmente, el IMSERSO brinda la opción de recuperar los pagos en caso de que se produzca una suspensión temporal. Para tal efecto, cada beneficiario dispondrá de un plazo máximo de 90 días para presentar la documentación necesaria y así recuperar los pagos que se hayan visto afectados.
En este contexto, la celeridad en el cumplimiento de estos requisitos resulta fundamental para garantizar una restauración eficiente y minimizar las pérdidas económicas significativas.
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