

El juez Pablo Cayssials hizo lugar al pedido de inconstitucionalidad por el fiscal general adjunto José Luis Agüero Iturbe, que se expresaba por la modificación de la Ley de Impuesto a las Ganancias para magistrados y empleados del Poder Judicial de la Nación y otros más que debían pagar el tributo a partir del año 2017, inclusive.
La demandante explicó que fue nombrado en el 2018 y marcó que durante todo su recorrido en el circuito judicial nunca fue anoticiado para firmar un documento vinculado al impuesto a las Ganancias.
Con la publicación del fallo, el pedido de inconstitucionalidad aplica al caso particular y no a todos los judiciales comprendidos por la modificación del tributo, aunque puede funcionar de jurisprudencia a posteriori.
Según informa el portal especializado Palabras del Derecho, también añadió que sólo se mencionó el tema en la Audiencia Pública celebrada en el Senado, en la que entiende que la cuestión quedó abierta para el caso que se realizara un planteo de inconstitucionalidad, como ocurre en esa acción.
Además, remarca que la intangibilidad de la remuneración de los magistrados, reflejada en la Acordada 20/96 de la Corte Suprema y la Resolución de la PGN 13/96 constituye una garantía de la independencia tanto del Poder Judicial como del Ministerio Público; lo cual constituye, a su vez, un requisito indispensable del régimen republicano.
Cayssials hizo lugar a estos argumentos: "En efecto, desde el punto de vista constitucional, hacer prevalecer el principio de igualdad supone reconocer que, en ciertas circunstancias, puede ser tan injusto imponer la misma contribución a quienes está en desigual situación, como también gravar en distinta forma a quienes tienen iguales medios".
"Lo que estatuye ese principio es la obligación de igualar a todas las personas o instituciones afectadas por un impuesto dentro de la categoría, grupo o clasificación que le corresponda, evitando distinciones arbitrarias, inspiradas en propósitos manifiestos de hostilidad contra determinadas clases o personas", añadió.
El magistrado consideró hostil que haya una diferenciación de remuneración entre personas que ocupan un mismo cargo sólo por el plazo temporal. Es decir, que quienes son alcanzados por el tributo convivan con mismo cargo e idéntica responsabilidad que con otros que no ven reducidos sus haberes por el impuesto a las ganancias". "Lo que aquí se cuestiona es la arbitraria aplicación realizada, en tanto encuentra sustento únicamente en la fecha en que fueron designados aquellos sujetos alcanzados por la norma", finalizó.
Cristina Kirchner se hizo eco de esta resolución dada a conocer por el portal judicial, reposteando un tuit de la senadora kirchnerista Anabel Fernández Sagasti, quien se pronunció al respecto: "Mientras tanto, el juez Cayssials, del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°9 e integrante del comando "Lago Escondido" declara la inconstitucionalidad del Imp a las Ganancias para jueces nombrados desde el 2017. Acá no entiende el que no quiere".













