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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó en las últimas horas el pago del bono de $ 70.000 para jubilados y pensionados con ingresos más bajos en marzo 2026 e informó cómo quedan los haberes.
El Gobierno oficializó la medida a través del Decreto 109/2026, que lleva la firma de Javier Milei y Sandra Pettovello, publicado este jueves en el Boletín Oficial.
El bono apunta a compensar los efectos negativos que tuvo la Ley de Movilidad Jubilatoria N° 27.609 sobre los haberes de los adultos mayores de menores ingresos, ya que esa fórmula no contemplaba adecuadamente la variación de precios y generó una pérdida sostenida del poder adquisitivo de las prestaciones. Desde enero de 2024 y hasta febrero de 2026, el Estado recurrió a ayudas económicas y bonos mensuales para paliar ese deterioro.
Podrán cobrar el beneficio los titulares de prestaciones contributivas a cargo de ANSES, los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor y quienes perciban pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más, y pensiones graciables.
Quienes cobren hasta el haber mínimo garantizado recibirán el monto completo de $70.000, mientras que quienes superen ese piso recibirán solo la diferencia hasta alcanzar ese tope. El bono no será descontado ni computable para ningún otro concepto.
La medida se complementa con un aumento mensual por inflación, en línea con la normativa vigente, en busca de reforzar el poder adquisitivo de los jubilados en el segundo mes del año.
La ANSES aplicó una suba del 2,9% sobre todas las prestaciones que abona, un porcentaje que se desprende directamente del índice de inflación de enero 2026.
Bono de $ 70.000: quiénes lo cobran
El bono extraordinario de $ 70.000 fue confirmado por el Gobierno nacional para febrero de 2026. Este refuerzo no se actualiza por inflación y está dirigido exclusivamente a quienes perciben los haberes más bajos.
La modalidad de pago es la siguiente:
- Se paga de forma completa a quienes cobran la jubilación mínima.
- Se otorga de manera proporcional a quienes perciben haberes superiores, hasta alcanzar el tope definido por ANSES.
- Se deposita junto con el haber mensual, sin trámites adicionales.
En cuánto queda la jubilación mínima con el aumento de marzo
Con esta actualización, el haber mínimo garantizado pasará de $ 359.079,70 a $ 369.672, lo que representa un incremento de $ 10.593 para los jubilados que perciben el monto básico.
A ello debe sumarse $ 70.000 del bono adicional que lleva dos años sin actualización, lo cual culmina en una suma de bolsillo de $ $ 439.600.
Asimismo, el organismo también fijó el haber máximo jubilatorio en $ 2.487.546,79, mientras que el valor de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) alcanzará de $ 295.738,18.
Las pensiones No Contributivas (PNC) por Invalidez y Vejez, en tanto, quedaron fijadas en 328.770,91 ($ 258.770,91 de haber con aumento + 70 mil pesos de bono).
En tanto, la Asignación Universal por Hijo (AUH) ascenderá a $ 132.839,78, la AUH por hijo con discapacidad a $ 432.544,27 y la Asignación Familiar por Hijo a $ 66.426,07 para el primer rango de ingresos.
Calendario de pagos ANSES completo: fechas de cobro de marzo
En octubre del año pasado el Gobierno anticipó en el Boletín Oficial todo el calendario de pagos 2026. Sin embargo, en el anexo de marzo aparece como fecha de cobro el lunes 23, que será Día no laborable con fines turísticos, lo que podría implicar modificaciones de último momento.
A la espera de que el organismo previsional oficialice en su web la información, el calendario de pagos de marzo por el momento se presenta así:
Jubilados con haber mínimo
- Documentos terminados en 0: a partir del día 9 de marzo
- Documentos terminados en 1: a partir del día 10 de marzo
- Documentos terminados en 2: a partir del día 11 de marzo
- Documentos terminados en 3: a partir del día 12 de marzo
- Documentos terminados en 4: a partir del día 13 de marzo
- Documentos terminados en 5: a partir del día 16 de marzo
- Documentos terminados en 6: a partir del día 17 de marzo
- Documentos terminados en 7: a partir del día 18 de marzo
- Documentos terminados en 8: a partir del día 19 de marzo
- Documentos terminados en 9: a partir del día 20 de marzo
Jubilados que superen el haber mínimo
- Documentos terminados en 0 y 1: 23 de marzo
- Documentos terminados en 2 y 3: 25 de marzo
- Documentos terminados en 4 y 5: 26 de marzo
- Documentos terminados en 6 y 7: 27 de marzo
- Documentos terminados en 8 y 9: 30 de marzo
Pensiones No Contributivas
- Documentos terminados en 0 y 1: 9 de marzo
- Documentos terminados en 2 y 3: 10 de marzo
- Documentos terminados en 4 y 5: 11 de marzo
- Documentos terminados en 6 y 7: 12 de marzo
- Documentos terminados en 8 y 9: 13 de marzo
AUH
- Documentos terminados en 0: 9 de marzo
- Documentos terminados en 1: 10 de marzo
- Documentos terminados en 2: 11 de marzo
- Documentos terminados en 3: 12 de marzo
- Documentos terminados en 4: 13 de marzo
- Documentos terminados en 5: 16 de marzo