

La Corte Suprema de Justicia dejó firme la obligación del Estado nacional de indemnizar a víctimas de la tragedia ferroviaria de Once, al rechazar los recursos extraordinarios presentados por el propio Estado y por la aseguradora.
La decisión impacta directamente en varios damnificados, entre ellos el caso de José Luis Torres Amarilla, su familia y su nieta menor de edad, quienes serán indemnizados por la muerte de Sonia Torres Rolón, una de las víctimas fatales del siniestro ocurrido el 22 de febrero de 2012.
El máximo tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, desestimó los planteos bajo el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, lo que implica que dejó firmes las sentencias previas que habían condenado al Estado, a la empresa concesionaria Trenes de Buenos Aires (TBA), al maquinista Marcos Córdoba y a la compañía de seguros a resarcir a los damnificados.
El caso de Torres Amarilla resulta paradigmático: la demanda fue iniciada por él, su esposa y su yerno —en representación de su hija menor— tras la muerte de Sonia Torres Rolón, de 28 años, quien viajaba en el tren que impactó contra los paragolpes de la estación Once.
La Justicia acreditó que la formación ingresó a una velocidad indebida, sin frenar a tiempo, en un contexto de fallas técnicas y deficiente mantenimiento. El segundo vagón, donde viajaba la víctima, se incrustó dentro del primero, provocando su muerte instantánea por politraumatismos.
La sentencia también alcanza a otros heridos, como Fabio Reynaldo Flamenco y Patricia Delgado Ferreira, quienes habían promovido acciones en expedientes separados y obtuvieron fallos favorables en instancias anteriores. En todos los casos, la Cámara Civil había confirmado —e incluso elevado— los montos indemnizatorios.
Los jueces consideraron acreditada una responsabilidad concurrente: por un lado, el maquinista violó las reglas de conducción; por otro, TBA incumplió sus deberes de control y operaba con sistemas de frenado riesgosos. Pero además, se estableció con claridad la responsabilidad del Estado nacional por no ejercer un control adecuado sobre el servicio concesionado.
La Corte, al rechazar los recursos, consolidó un criterio que ya venía sosteniendo en causas vinculadas a la tragedia de Once: el Estado no puede desentenderse de su rol de garante de la seguridad en servicios públicos concesionados.

El accidente dejó 51 muertos —aunque algunos familiares sostienen que fueron 52 por una víctima embarazada— y cerca de 800 heridos. Derivó en dos juicios penales (Once I y Once II), con condenas a empresarios y exfuncionarios, incluido el exministro Julio De Vido.
Con esta decisión, el máximo tribunal cierra una nueva etapa judicial y confirma el derecho de las víctimas y sus familias a ser indemnizadas, reafirmando la responsabilidad estatal en una de las mayores tragedias ferroviarias de la historia argentina.












