Ley Ómnibus

Ingreso de bienes del exterior: la Aduana indicó cómo sigue la normativa

El proyecto presentado por el Gobierno el miércoles ante el Congreso de la Nación prevé eliminar el gravamen que pesa sobre los bienes que ingresan al país. ¿Qué dice la regulación actual y que cambiaría?

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La Aduana informó este jueves como seguirá el régimen de equipaje luego de que el gobierno nacional oficializase el miércoles la presentación ante el Congreso de la Nación del proyecto de reforma del Estado coloquialmente llamado "Ley Ómnibus"

El paquete titulado "Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los argentinos" será tratando en sesiones extraordinarias. Uno de los puntos contempla las compras en el exterior.

¿Qué es el régimen de equipaje y qué establece?

Con la normativa actual, los viajeros que arriban a la Argentina se ven obligados a declarar sus bienes a la Aduana cuando superan cierto tope de franquicia, trasladen mercadería regulada por SENASA o ingresen dinero en efectivo y/o instrumentos monetarios (tanto en moneda extranjera como nacional de curso legal) por un valor igual o superior a u$s 10 mil.

Sin embargo, el artículo 64 del capítulo de "Desregulación económica" prevé la eliminación del gravamen del 50% para aquellos que superan el precio de u$s 500.

En este contexto, desde la Aduana aclararon que "hasta que no se apruebe la Ley" (o en caso de ser rechazada) la norma continúa vigente. 

La normativa de Régimen de Equipaje seguirá igual.

¿Cómo sigue la Franquicia?

La franquicia continúa vigente según de qué forma se ingresa al país con los bienes:

  • Vía terrestre o fluvial es de u$s 300.  Sin franquicia en el free shop de llegada, excepto en Puerto Iguazú que será de u$s 500;
  • Vía marítima o aérea es de u$s 500. El mismo valor rige para el free shop,
  • Se puede ingresar un teléfono y una notebook o tablet sin pago de arancel. 

¿Cuáles son los cambios que establece el proyecto de Ley ómnibus?

Además de la eliminación del 50% del gravamen, el proyecto de Ley del Gobierno libertario propone dejar en desuso los formularios para la declaración de bienes.

Los viajeros deben detallar el tipo de producto que ingresa, la cantidad y su valor. "Para el ingreso de productos mediante el régimen de equipaje no será necesario completar ningún formulario", informa el texto.

¿Qué objetos se pueden ingresar a la Argentina?

Sin arancel

  • Ingreso: un teléfono y una notebook o tablet;
  • Ingreso y egreso: ropas y objetos sin fines comerciales, de uso personal, y otros objetos declarados al salir,
  • Egreso: bienes argentinos hasta u$s 2000.

Prohibiciones

  • Material arqueológico y cultural;
  • Mercadería con finalidad comercial o industrial;
  • Estupefacientes,
  • Armas, explosivos (salvo autorización del ANMAC).

La normativa aclara que, en el caso de los menores de 16, la franquicia corresponde al 50%. Si constituye un "grupo familiar-matrimonios, uniones convivenciales e hijos menores de 16 no emancipados", se podrá usar de manera conjunta.

¿Qué sucede si se excede la franquicia?

Quienes superen la franquicia tendrán que abonar un arancel igual al 50% del total excedido.

Ejemplo de franquicia aérea:

  • Valor del objeto: u$s 600;
  • Franquicia permitida: u$s 500;
  • Excedente: u$s 100,
  • Arancel del 50%: total a abonar u$s 50.
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