

Tras casi ocho meses con las puertas cerradas y después de una gran cantidad de reclamos por parte de figuras del sector, finalmente este viernes el Gobierno nacional autorizó el regreso de las actividades relativas al desarrollo de artes escénicas con y sin asistencia de espectadores.
La medida se anunció a través de la Decisión Administrativa 2045/2020 y fue publicada este viernes en el Boletín Oficial.
"Cada provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de la actividad" y establecer "la fecha para su efectiva reanudación, pudiendo implementarla gradualmente, suspenderla o reanudarla, en el ámbito de su competencia territorial y conforme la situación sanitaria", se precisó.
En este sentido, se indicó que cada jurisdicción podrá “limitar el alcance de la excepción a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios, o establecer requisitos específicos para su desarrollo que atiendan a la situación epidemiológica local y a las características propias del lugar, con el fin de minimizar el riesgo de propagación del virus .
El documento -que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Salud, Ginés González García- exceptuó de la prohibición en el marco del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) “la realización de eventos culturales y recreativos relacionados con la Actividad Teatral y Música en Vivo, en espacios públicos o privados que impliquen concurrencia de personas", así como también permitió el funcionamiento “de teatros y centros culturales .
En el texto, las autoridades nacionales remarcaron que “en todos los casos se deberá garantizar la higiene y, cuando correspondiere, la organización de turnos de modo tal que se garanticen las medidas de distanciamiento necesarias para disminuir el riesgo de contagio de Covid-19 .
Asimismo, se estableció que los encargados de organizar los eventos en cuestión deberán asegurarse de que sus empleados “lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros interurbano .
Por último, se remarcó que todas estas acciones “deberán desarrollarse dando cumplimiento al Protocolo General para la Actividad Teatral y Música en Vivo con Público, aprobado por la autoridad sanitaria .

Entre los considerandos, las autoridades nacionales señalaron que en los lugares alcanzados por las citadas medidas de DISPO y de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO), se definieron una serie de actividades que continuaban vedadas, “pudiendo estas ser exceptuadas por el Jefe de Gabinete de Ministros .
Cabe mencionar que las personas autorizadas para desarrollar sus actividades por esta decisión administrativa, que se encuentren en alguna de las provincias, departamentos o aglomerados alcanzados por la medida de ASPO deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación.
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