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El presidente Javier Milei firmó a fines de diciembre de 2025 un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que reforma la Ley de Inteligencia Nacional y otorga nuevas facultades operativas a la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE), un órgano opaco que ya había estado en el centro de la polémica cuando el Congreso rechazó un aumento discrecional de sus partidas.

El texto, que lleva la firma de unos pocos ministros y del Presidente, amplió las competencias del organismo para incluir la aprehensión de personas en determinados casos, una modificación que reaviva el debate sobre los límites de la inteligencia en una democracia.

La polémica no tardó en estallar. En redes sociales y en declaraciones públicas, legisladores y dirigentes de distintos espacios políticos expresaron su posición ante una medida que, para algunos, pone en riesgo garantías individuales y la separación entre inteligencia y fuerzas de seguridad.

Otros sectores, en cambio, respaldan la actualización institucional como una respuesta a desafíos contemporáneos de seguridad.

En un mensaje difundido en redes sociales, el diputado Maximiliano Ferraro calificó el DNU como “un retroceso intolerable y de nulidad absoluta”, cuestionando tanto la forma como el fondo de la reforma y planteando que carece de necesidad y urgencia constitucional.

Por su parte, el diputado y extitular de la Agencia Federal de Inteligencia, Agustín Rossi, sostuvo que la modificación “atropella garantías individuales básicas” y advirtió que “convierte a la SIDE en una suerte de policía secreta” si sus agentes pueden ejecutar detenciones en el marco de sus funciones.

Desde Unión por la Patria, el jefe del bloque Germán Martínez afirmó que el decreto “tiene que ser rechazado con urgencia por el Congreso”, calificándolo de gravedad institucional. En paralelo, el bloque peronista pidió al presidente de Diputados, Martín Menem, la conformación de la Comisión Bicameral de Fiscalización de los Organismos de Inteligencia.

Esos reclamos también son acompañados por bloques como el FIT y Provincias Unidas, aunque se desconoce qué puede pasar con el central bloque del PRO, que ha funcionado como principal aliado de Milei desde el inicio de su mandato.

Mientras tanto, desde el propio organismo se difundieron mensajes oficiales defendiendo la reforma.

En su comunicado, la SIDE aseguró que los cambios buscan modernizar un sistema que “durante décadas fue utilizado de manera discrecional” y que la nueva estructura permitirá responder a “desafíos globales contemporáneos” con un sistema “más profesional y eficiente”.

Poder de arresto para la SIDE: cómo funciona en otros países

El DNU 941/25, publicado en el Boletín Oficial, modifica la Ley de Inteligencia Nacional 25.520 y reorganiza el sistema institucional de inteligencia del país.

Entre los cambios más relevantes figura la habilitación expresa para que el personal de la SIDE pueda aprehender personas en casos de delito flagrante, por auxilio judicial o por requerimiento de un juez competentes, con la obligación de notificar de inmediato a las fuerzas policiales o a la autoridad judicial correspondiente.

Otra modificación clave es que todas las actividades llevadas a cabo por el sistema de inteligencia pasan a tener carácter encubierto, algo que el Gobierno defendió como una herramienta para proteger la operatividad y la seguridad de los agentes, pero que para críticos amplía el grado de opacidad institucional.

El decreto también contempla la creación y reorganización de agencias especializadas, como la Agencia Nacional de Contrainteligencia y la Agencia Federal de Ciberinteligencia, en un intento de centralizar y modernizar las funciones del sistema.

En la mayoría de las democracias liberales occidentales, como Estados Unidos o el Reino Unido, existe una clara separación entre agencias de inteligencia y fuerzas encargadas de la aprehensión y la investigación criminal.

Por ejemplo, en EE. UU. la CIA está estrictamente vedada de llevar a cabo arrestos en el territorio nacional, debiendo remitir la información al FBI si se detecta una amenaza dentro del país.

En el Reino Unido, ni el MI5 ni el MI6 tienen facultades de detención y trabajan con las fuerzas policiales bajo control judicial para cualquier arresto.

Esa división no es un accidente institucional: está pensada para evitar que quienes operan con alto grado de secreto puedan ejercer poder coercitivo directo sobre ciudadanos sin los mecanismos de control que rigen a las fuerzas policiales tradicionales.

En Argentina, en cambio, el modelo operativo vigente desde el retorno a la democracia en 1983 y hasta esta reforma se asemejaba al de muchas democracias europeas: la SIDE producía información estratégica para otros órganos del Estado, pero no intervenía directamente en la aprehensión de personas.

La discusión en Argentina recupera un debate internacional más amplio: cómo equilibrar la necesidad de inteligencia eficaz con las garantías democráticas. En países como Alemania, España e Italia, la tradición del “muro de separación” entre inteligencia y fuerzas policiales es estricta, producto de experiencias históricas que muestran los riesgos de confundir espionaje con ejercicio de coerción.

En ese modelo, si un servicio de inteligencia detecta una amenaza, informa a la policía o a un fiscal para que actúen con las garantías del Estado de derecho.

En Rusia, el FSB —heredero del KGB— combina funciones de espionaje, contrainteligencia y detención, con amplias facultades para actuar sin mediación de la policía común. Lo mismo sucede en China, donde el Ministerio de Seguridad del Estado opera con plenos poderes policiales bajo el paraguas de la “seguridad nacional”.

La alianza más temida de la Tercera Guerra Mundial: Putin, Xi Jinping y Kim Jung Un, juntos en el desfile militar chino. Fuente: Archivo.
La alianza más temida de la Tercera Guerra Mundial: Putin, Xi Jinping y Kim Jung Un, juntos en el desfile militar chino. Fuente: Archivo.

Francia representa un caso diferente: la DGSI —servicio de inteligencia interior— tiene funciones de policía judicial en casos de terrorismo, pero opera como parte orgánica del sistema de justicia penal y bajo supervisión judicial estricta.

Ese enfoque integrado de inteligencia y detención está legalmente articulado y sujeto a múltiples contrapesos procesales.

En América latina, el consenso posterior a las dictaduras de los años ’70 fue aún más tajante. El recuerdo de los servicios de inteligencia como herramientas de persecución política llevó a desligarlos explícitamente de cualquier función operativa directa. Brasil, Chile y México son ejemplos claros.

En Brasil, la ABIN cumple tareas analíticas y de asesoramiento estratégico, sin capacidad de arresto ni de investigación criminal. En Chile, la Agencia Nacional de Inteligencia procesa información, pero los arrestos quedan exclusivamente en manos de Carabineros y la Policía de Investigaciones.

Por su parte, México redefinió su esquema para concentrar la inteligencia en el análisis tras la disolución del CISEN, delegando la acción coercitiva a fuerzas de seguridad y fiscalías.

La reforma impulsada en Argentina en cierto sentido se acerca a esa lógica francesa de facultades combinadas, aunque sin los mismos controles que ese modelo europeo contempla —lo que explica parte de la controversia política y académica.

Los límites que introduce el decreto

El DNU incorpora medidas que, sobre el papel, buscan restringir el accionar de los agentes en su nuevo rol operativo. Entre los límites previstos se destacan:

  • Aviso inmediato: tras una aprehensión, los agentes deben notificar a la fuerza de seguridad competente.
  • No contar con centros de detención propios: la SIDE no puede retener detenidos ni operar instalaciones de custodia.
  • Control judicial: las actuaciones que afecten derechos individuales seguirán sujetas al marco legal y a la supervisión de la justicia.

A pesar de estas condiciones, analistas consultados señalan que la clave está en cómo se aplica en la práctica, especialmente en situaciones donde el personal puede operar de civil y “encubierto”, lo que complica la identificación clara de la autoridad que realiza la detención.

Más allá de los aspectos técnicos, la reforma encendió una discusión política amplia. Legisladores opositores reunidos en la Cámara de Diputados enviaron notas solicitando la conformación urgente de las comisiones de control de los organismos y los DNU, con el objetivo de debatir y eventualmente rechazar o no la orden ejecutiva en el Congreso.

Las críticas se enmarcan en la idea de que este tipo de cambios no debería implementarse por decreto, sino mediante un proceso legislativo con debate público y controles institucionales claros, dado que afecta derechos y libertades fundamentales.