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El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció en el evento anual organizado por la Unión Industrial Argentina (UIA) la suspensión de los embargos para las Pymes y la posibilidad de incorporar deudas vencidas con la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) hasta el 31 de octubre de 2026.

“Vamos a extender las deudas hasta el 31 de octubre (plan de pagos) y les vamos a dar también 18 meses de plazo para que tengan también más holgura financiera, porque entendemos que el costo financiero para las Pymes es un problemón y no es necesariamente algo que se va a solucionar en uno o dos meses”, reconoció el titular del Palacio de Hacienda.

Se trata de dos medidas que fueron valoradas por el sector de las pequeñas y medianas empresas, en un contexto en el que la debilidad de la actividad económica repercute sobre la cadena de pagos.

En primer lugar, la suspensión de los embargos hasta el 30 de junio de 2027 se hizo oficial a través de la Resolución 1899/2026, publicada en el Boletín Oficial. El texto también encomendó a ARCA suspender el inicio de los juicios de ejecución fiscal, medida que fue ratificada hoy por el organismo a través de la Resolución General 5923/2026.

“Todo lo que se extienda en el tiempo es bienvenido, incluida la ejecución fiscal, porque una cosa es consecuencia de la otra. Esto proviene de una baja de actividad que genera ahogos financieros, sobre todo tributarios. Por ahora lo tomamos con beneplácito: da alivio a la coyuntura y menos estrés a un comerciante que no puede pagar impuestos y teme que le embarguen la cuenta. Sería muy difícil operar así”, señaló la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) ante la consulta de El Cronista.

Si bien los embargos tienen un impacto directo sobre la liquidez de las empresas, dado que pueden inmovilizar fondos de las cuentas bancarias y afectar el pago de salarios y proveedores, el inicio de una ejecución fiscal también tiene consecuencias: implica entrar en una instancia judicial, afrontar costas y honorarios, destinar tiempo y recursos.

Caputo anunció medidas de alivio fiscal para las pymes, en un contexto de dificultades financieras para el sectorUIA

La resolución aclara que la suspensión abarcará únicamente a las micro, pequeñas y medianas empresas (Tramos 1 y 2) con “Certificado MiPyME” vigente al 29 de octubre de 2026. También alcanzará a aquellas personas humanas y sucesiones indivisas que sean consideradas pequeños contribuyentes, según los criterios establecidos por el organismo.

De todos modos, Noelia Girardi, gerente de Impuestos en Lisicki, Litvin & Abelovich, remarcó que la medida no implica una condonación de las deudas ni de los intereses. “Cuanto más tiempo transcurra, mayor puede ser el monto que finalmente deban afrontar. En definitiva, se trata de darles un plazo adicional y algo de aire financiero para que puedan ordenar sus cuentas, reunir los recursos y cumplir con sus obligaciones, pero la deuda sigue vigente”, precisó.

A esto se suma que la resolución no aborda la situación de las empresas que ya tienen sus cuentas embargadas.

“Una pyme con la cuenta embargada tiene dificultades para pagar salarios, comprar insumos y sostener la producción. Si queremos que esas empresas sigan trabajando y puedan cumplir con sus obligaciones, necesitan recuperar la posibilidad de operar”, aseguró Daniel Rosato, presidente de Industriales Pymes Argentinos (IPA).

De acuerdo con un reciente informe del Observatorio Pyme, una de cada siete Pymes industriales recibió embargos por parte de ARCA —la mitad de ellas por atraso en el pago de una obligación corriente—, con notificaciones que llegaron, en la mayoría de los casos, dentro de los 30 días posteriores al vencimiento de la obligación corriente.

Plan de pagos de ARCA

ARCA, que recientemente había anunciado la extensión del plan de facilidades de pago hasta el 30 de diciembre de 2026 para MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, volvió a prorrogar hoy la vigencia del régimen hasta el 30 de junio de 2027, a través de la Resolución General 5924/2026.

El esquema, que permite regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, ahora permitirá —según lo anticipado por el ministro Caputo— incorporar deudas vencidas al 30 de octubre de este año, cuando anteriormente contemplaba obligaciones vencidas hasta el 30 de junio.

Con el cambio de fechas, los contribuyentes dispondrán de cuatro meses adicionales de obligaciones vencidas dentro de dicho plan de pagos.

ARCA extendió hasta el 30 de junio de 2027 la adhesión al plan de facilidades de pagoComposición/El Cronista

Para las micro y pequeñas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, el plan contempla hasta 18 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con un pago a cuenta del 5% de la deuda consolidada y una tasa de financiación del 2,75% mensual, por encima de los últimos registros de inflación, que se ubicaron por debajo del 2%.

Esto implica, en términos reales, un costo financiero creciente para las empresas. Sin embargo, según comentaron a El Cronista a mediados de este año, un nivel de tasa más bajo podría incentivar a los contribuyentes a utilizar el fisco como una fuente de financiamiento.

“La tasa sigue quedando alta. Sería ideal que se baje al 50% o que sea escalonada según el tipo de contribuyente. En mi opinión, lo más necesario y urgente hoy es que se incorpore la posibilidad de refinanciar planes permanentes vigentes y también poder incorporar deuda de planes que hayan caducado. Hoy muchas Pymes y contribuyentes están ahogados porque los planes permanentes son a pocas cuotas y dependen de la categorización de riesgo fiscal: es decir, cuanto menos pagás, peor categorizado estás; más planes necesitás y quedás atado a pocas cuotas y condiciones menos favorables”, agregó Marcos Felice, contador y fundador del sitio Blog del Contador.

Por otro lado, el plan de facilidades de pago también permite que las medianas empresas de los tramos 1 y 2 incluyan sus deudas en hasta 15 cuotas, con un pago a cuenta del 10% y una tasa equivalente al interés resarcitorio vigente.

“A partir del 16 de noviembre de 2026 estará disponible en el sistema ‘Mis Facilidades’ la posibilidad de incorporar las obligaciones vencidas al 31 de octubre de 2026″, detalló el fisco en la nueva publicación en el Boletín Oficial,