

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 31 de enero del 2022 el plazo para solicitar beneficios fiscales para ciertas provincias afectadas por la bajante del Río Paraná: así lo oficializó el organismo a través de la Resolución General N° 5117 publicada este viernes en el Boletín Oficial bajo la firma de su titular, Mercedes Marcó del Pont.
La extensión aplica a las provincias de Formosa, Chaco, Corrientes, Santa Fe, Entre Ríos, Misiones y Buenos Aires. Así, y tal como indica el comunicado difundido por la AFIP, "la asistencia prevista contempla un plazo especial para el pago de los anticipos de los impuestos a las ganancias, bienes personales e IVA".

También aplican las "obligaciones correspondientes a las contribuciones de la seguridad social, al régimen previsional de trabajadores autónomos y los monotributistas".
La extensión del plazo responde a que la AFIP aún se encuentra en proceso de delimitar las zonas bajo emergencia hídrica, por lo que se adecuaron los plazos para garantizar que los contribuyentes puedan acceder a los beneficios fiscales.
Los vencimientos y pagos de las declaraciones juradas fijadas entre el 27 de julio de 2021 y 31 de enero de 2022 se considerarán cumplidos en término siempre que se efectivicen hasta las siguientes fechas:
| OBLIGACIONES VENCIDAS | FECHA DE VENCIMIENTO |
|---|---|
| Del 27 de julio al 31 de agosto de 2021 | 24 de febrero de 2022 |
| Del 1 al 30 de septiembre de 2021 | 24 de marzo de 2022 |
| Del 1 al 31 de octubre de 2021 | 25 de abril de 2022 |
| Del 1 al 30 de noviembre de 2021 | 24 de mayo de 2022 |
| Del 1 al 31 de diciembre de 2021 | 24 de junio de 2022 |
| Del 1° al 31 de enero de 2022 | 25 de julio de 2022 |
Tal como indican desde la AFIP, quienes deseen acceder a los beneficios deberán "acreditar el desarrollo de su actividad principal en la zona afectada mediante la presentación de un informe certificado por el organismo o repartición provincial correspondiente".
La mencionada presentación deberá estar acompañada de:
- Una copia certificada de la documentación del Organismo y/o repartición provincial, según el caso, que acredite que el contribuyente desarrolla su actividad en la zona indicada
- Un archivo en formato ".pdf" que contenga un informe extendido por contador público independiente, con su firma certificada por el consejo profesional o colegio que rija la matrícula, de donde surja que la actividad mencionada en el inciso anterior es su actividad principal, por haber generado más del 50% de los ingresos brutos totales desde el 1 de julio de 2020 hasta el 30 de junio de 2021, ambas fechas inclusive.
Una vez cumplido esto, la solicitud deberá ser ingresada a través del sitio web de la AFIP en el servicio "Presentaciones Digitales", opción "Zona de Emergencia - Acreditación".












