

En los últimos años, el uso de vapeadores aumentó en Colombia como una alternativa a los cigarrillos convencionales. Sin embargo, estos dispositivos también quedaron incluidos dentro de las normas que regulan el consumo de productos relacionados con el tabaco debido a sus componentes y a la exposición que pueden generar en otras personas.
La Ley 2354 de 2024 estableció nuevas reglas sobre el consumo, venta, publicidad y promoción de cigarrillos, productos de tabaco, sus derivados, sucedáneos o imitadores, además de los dispositivos necesarios para su funcionamiento. La norma modificó la Ley 1335 de 2009 y amplió las restricciones contempladas por el Código Nacional de Policía.
De acuerdo con la normativa, fumar o vapear en determinados espacios puede generar sanciones económicas. Las autoridades tienen la facultad de controlar el cumplimiento de estas medidas y aplicar las multas correspondientes cuando se presenten infracciones.
La ley regula el uso de vapeadores en espacios cerrados
La regulación colombiana establece que está prohibido fumar y utilizar cigarrillos electrónicos en determinados espacios públicos cerrados. Entre los lugares incluidos se encuentran oficinas, transporte público, bares y restaurantes.

Según explicó un artículo de la Universidad de La Salle, retomado por El Tiempo, la normativa extendió la prohibición existente sobre fumar en espacios cerrados al uso de cigarrillos electrónicos, con el objetivo de proteger a los usuarios y a terceros frente a la exposición involuntaria a los aerosoles emitidos por estos dispositivos.
De cuánto es la multa por fumar o vapear en lugares prohibidos
Las personas que sean sorprendidas fumando o utilizando vapeadores en espacios donde está restringido pueden recibir una multa tipo 3 establecida en el Código Nacional de Policía.
La sanción equivale a hasta 16 salarios mínimos diarios legales vigentes y puede representar valores aproximados entre $752.000 y $933.000.
El valor final puede variar según las circunstancias del caso, como el lugar donde ocurrió la infracción, la sustancia utilizada o si existen otras conductas sancionables relacionadas.
¿Qué ocurre si la infracción sucede dentro de un establecimiento comercial?
Cuando el uso de cigarrillos o vapeadores ocurre dentro de un establecimiento comercial, la sanción puede recaer sobre el propietario del lugar y no únicamente sobre la persona que está fumando.
De acuerdo con la Ley 2354 de 2024, las multas para los establecimientos pueden ir desde un salario mínimo legal mensual vigente hasta una suma equivalente a 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La ejecución de estas medidas corresponde a las autoridades locales, que deben verificar el cumplimiento de la normativa.
Qué son los vapeadores y por qué están incluidos a la normativa
Los vapeadores, también conocidos como cigarrillos electrónicos o e-cigs, fueron creados inicialmente como una alternativa al consumo tradicional de tabaco. Estos dispositivos no queman tabaco, sino que utilizan cartuchos con sustancias como nicotina, sabores y otros componentes químicos que generan un aerosol inhalable.
Aunque algunos estudios señalan que pueden ser menos dañinos que los cigarrillos tradicionales cuando una persona fumadora realiza un reemplazo completo, su uso frecuente también ha sido relacionado con graves riesgos para la salud.
El consumo constante de estos productos puede provocar problemas como cáncer, riesgos cardiovasculares, enfermedades respiratorias agudas, adicción a la nicotina, lesiones pulmonares graves (como EVALI), alteración del desarrollo cerebral en jóvenes y la inhalación inconsciente de metales pesados desprendidos por el dispositivo.












