

La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó la constitucionalidad del procedimiento universitario para impugnar resoluciones laborales, dejando en claro que ninguna autoridad puede ignorar denuncias de violencia, acoso o desigualdad, lo cual constituye una omisión que vulnera derechos fundamentales de las y los trabajadores.
La SCJN emitió un fallo que representa un hito en los conflictos laborales en la Universidad Nacional Autónoma de México, UNAM, al reforzar la obligación de analizar los casos de acoso con perspectiva de género.

La Suprema Corte aprueba el procedimiento, pero requiere un enfoque de género
Al abordar el Amparo Directo en Revisión 4826/2025, el Pleno estableció que el artículo 106, inciso e), del Estatuto del Personal Académico de la UNAM es constitucional, dado que “define con precisión el momento y el plazo para interponer el recurso, asegurando el derecho de acceso a la justicia y el debido proceso”.
Por otro lado, la SCJN determinó que la norma satisface las formalidades esenciales del procedimiento; no obstante, enfatizó que su aplicación no debe ser mecánica en situaciones donde se reporten casos de violencia laboral, particularmente en entornos académicos donde prevalecen relaciones de poder desiguales.

Nuevas limitaciones para autoridades y tribunales laborales
En suplencia de la queja, la Suprema Corte advirtió que el Tribunal Colegiado omitió analizar el caso con perspectiva de género, al no atender adecuadamente las alegaciones de “violencia, acoso y desigualdad en el entorno laboral universitario”.
El fallo de la Suprema Corte fue contundente y definitorio: dicha omisión “implicó una vulneración al derecho al trabajo digno, a la igualdad sustantiva y al principio de no discriminación”, por lo que la SCJN revocó la sentencia y devolvió el expediente para que se emita una nueva resolución conforme a los artículos 1° y 123 constitucionales y a los estándares de protección reforzada frente al acoso laboral.
Con esta decisión, la SCJN envió un mensaje contundente, pues los tribunales y autoridades universitarias ya no podrán cerrar los ojos ante denuncias de acoso, ni resolver conflictos laborales sin incorporar un análisis serio de género, igualdad y no discriminación.













