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Un abogado especializado en el ámbito de la vivienda ha suscitado un intenso debate en las redes sociales al responder a una consulta de un usuario sobre la posibilidad de que un propietario aplique incrementos acumulados en el alquiler, a pesar de no haberlo actualizado durante varios años.

El aumento de los precios de los alquileres constituye una preocupación constante en España, donde se ha observado un crecimiento sostenido en los costos en los últimos años.

Asimismo, muchos inquilinos carecen de un conocimiento adecuado sobre el funcionamiento de la actualización de la renta y las posibles implicaciones que pueden surgir si la cláusula de revisión no se aplica durante un periodo prolongado.

Su explicación advierte sobre un escenario que muchos ignoran y que podría acarrear consecuencias económicas significativas para los arrendatarios.

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qué pasa si el dueño no actualiza el alquiler por años

El artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) estipula que la renta puede ser objeto de revisión anual siempre que así se acuerde de manera expresa en el contrato y que el arrendador tiene la obligación de notificar al inquilino con la debida antelación antes de cada revisión.

En términos prácticos, esto significa que si el contrato contiene una cláusula de actualización, el propietario tiene la facultad de implementar incrementos fundamentados en índices oficiales.

En el contexto español, a partir del 1 de enero de 2025, el IPC dejará de ser utilizado como referencia para los contratos más recientes; en su lugar, se aplicará el Índice de Referencia para la Actualización de Arrendamientos de Vivienda (IRAV), el cual es publicado mensualmente por el Instituto Nacional de Estadística (INE) y tiene como objetivo moderar aumentos desproporcionados.

El aspecto fundamental de esta capacidad radica en que la actualización del alquiler no es un proceso automático ni obligatorio por ley; su realización depende de que esté contemplada en el contrato.

Si el propietario omite actualizar el alquiler durante varios años, hasta cinco, puede hacerlo de una sola vez”, expresó en un vídeo de TikTok el abogado Alberto Sánchez, reconocido por clarificar aspectos de la legislación de vivienda en redes sociales, al abordar una consulta específica sobre este tipo de escenario contractual.

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Adiós alquiler: en Zaragoza se venden pisos por menos de 25.000 euros.
Adiós alquiler: en Zaragoza se venden pisos por menos de 25.000 euros.Fuente: Freepik

Regulaciones para la actualización de alquileres

Las normas establecidas buscan equilibrar dos intereses opuestos: el derecho a la estabilidad de los inquilinos y la posibilidad de que los propietarios mantengan el valor real de sus rentas en contextos de inflación.

El sistema actual de actualización también contempla límites y referencias que buscan proteger a los inquilinos: el IRAV sustituye al IPC para muchos contratos y suele situarse en torno al 2% anual, según datos oficiales, aunque este porcentaje puede variar mes a mes.

Fuentes especializadas explican que, incluso cuando exista una cláusula de actualización, el arrendador no puede reclamar pagos retroactivos de años anteriores que no notificó a tiempo y solo puede aplicar el incremento desde el mes siguiente a la notificación debida.

Además, si el contrato no contempla una cláusula de actualización de renta, el propietario no puede subir el alquiler durante la vigencia del contrato salvo acuerdo posterior entre las partes, por lo que el precio se mantiene estable mientras dure el arrendamiento.

Falta de actualización: el problema oculto que te afecta

El mercado de arrendamiento continúa siendo objeto de estudio y propuestas normativas, tales como incentivos fiscales para que los propietarios congelen la renta al renovar contratos. Esta medida es promovida por el Gobierno español con el objetivo de moderar la presión sobre los precios, sin comprometer la oferta habitacional.

Las actualizaciones anuales generalmente se establecen en función del nuevo índice de referencia o, en contratos más antiguos, del IPC o un índice acordado.

En todos los supuestos, es fundamental respetar los límites y condiciones que establece la normativa vigente, para evitar que un incremento acumulado conduzca a un conflicto legal entre propietario e inquilino.

Para numerosos inquilinos, la idea de que el propietario “pueda estipular un aumento total de una vez” se percibe como un abuso contractual. Sin embargo, el abogado clarifica que tal posibilidad únicamente se presenta si el contrato lo prevé y la notificación se realizó conforme a la ley.

Evidentemente tiene que venir prevista esta subida en el contrato de alquiler; si no viene nada no podría aumentarla”, expresó Sánchez en el mismo contexto de la explicación, enfatizando la importancia de entender lo que se firma desde el principio.

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