

Nueva Jersey fija en su Código Administrativo las normativas formales que todos los padres deben seguir al momento de anotar a su hijo recién nacido para que el nombre escogido pueda figurar en los registros oficiales.
Si bien se explica que la elección formal del nombre y el apellido del bebé es un derecho de los padres, el estado señala que, cuando contenga ciertas características consideradas inaceptables, el Registrador Estatal cuenta con el amparo de rechazarlos.
Cuáles son los nombres que ningún recién nacido podrá tener
De acuerdo con lo estipulado por el Código Administrativo de Nueva Jersey § 8:2-1.4, los padres pueden nombrar a su hijo de la forma que prefieran, pero las autoridades tienen amparo para rechazar cualquier nombre o apellido que contenga alguna de las características de esta lista
- Obscenidades
- Números
- Símbolos
- Combinación de letras, números y símbolos
También pueden denegar un nombre que se considere ilegible.

Información importante sobre este trámite del Registro Civil
El nombre se imprimirá en la parte trasera del registro de nacimiento y, para que consolide validez, debe ser firmado por los padres y el funcionario del hospital.
Además, es fundamental destacar que los padres o el tutor legal del bebé tan sólo contarán con cinco días desde el nacimiento para definir el apellido. Caso contrario, las autoridades registrarán al bebé con los apellidos de cada padre en orden alfabético y separados por un guion.
Qué apellido tendrán los hijos si sus padres no se ponen de acuerdo
Si la madre y el padre tienen la custodia legal de su hijo, pero no coinciden en qué apellido ponerle, en estos casos ambas opciones también se ordenarán alfabéticamente y serán anotadas en el certificado de manera conjunta, separados por un guion.













