La ley del estado de Nueva York regula distintos aspectos relacionados con la manutención de los hijos, desde quién debe hacerse cargo de la cuota alimentaria cuando los padres están separados, hasta qué edad deben brindarles apoyo económico, en qué circunstancias puede finalizar esta obligación y cuándo corresponde extenderla.
En los casos en los que un hijo es considerado emancipado, sus padres dejan de tener la obligación legal de sostenerlo económicamente. Existen distintas escenarios en los que un hijo puede considerarse emancipado.
¿Hasta qué edad los padres deben mantener a los hijos según la disposición estatal?
En Nueva York, ambos padres tienen la obligación de brindar apoyo económico y cobertura de seguro médico a sus hijos hasta los 21 años. Esta obligación puede extenderse hasta los 26 años cuando los hijos presentan una discapacidad del desarrollo y continúan dependiendo económicamente de sus padres.
En el caso de los padres casados, ambos tienen la responsabilidad de contribuir económicamente al cuidado de sus hijos. Si alguno se niega a colaborar con los gastos, el otro puede solicitar una orden de manutención infantil.
Cuando los padres están separados, el progenitor que tiene la custodia puede recibir una cuota de manutención del otro, incluso si cuenta con los recursos económicos suficientes para mantener al hijo sin ayuda financiera.
Si el niño se encuentra en acogimiento familiar, ambos padres deben contribuir económicamente a su manutención.
¿En qué casos la manutención puede cesar antes de tiempo?
De acuerdo con la ley estatal, los padres deben mantener económicamente a sus hijos hasta que cumplan 21 años o se emancipen.
Se considera que un hijo está emancipado cuando deja de vivir con sus padres y puede mantenerse por sus propios medios. Sin embargo, si continúa dependiendo económicamente de alguno de ellos, no se considera emancipado.
Además, un hijo emancipado puede volver a depender económicamente de sus padres antes de cumplir los 21 años.
¿Cuándo se considera que el hijo está emancipado?
Un hijo menor de 21 años puede considerarse emancipado cuando se presenta alguna de las siguientes situaciones:
- Contrae matrimonio.
- Se incorpora al servicio militar.
- Tiene al menos 18 años y trabaja a tiempo completo. No se consideran los empleos de verano o durante las vacaciones.
- Abandona definitivamente el hogar familiar y rompe la relación con ambos padres sin una razón válida. Esta condición no se aplica cuando el hijo abandona el hogar debido a situaciones de abuso por parte de alguno de sus padres u otras circunstancias similares.