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En California, la regulación estatal brinda amplias flexibilidades para los padres al momento de registrar a sus bebés recién nacidos, permitiendo que sean anotados en los documentos del Registro Civil con un apellido diferente al de la madre o el padre.
Esta disposición está respaldada por el California Health and Safety Code §§ 102400–102475, que rige el registro de nacimientos y el contenido de las partidas de nacimiento. A raíz de esta normativa, se registran los nombres y bajo qué condiciones puede nombrarse al padre en el documento cuando los padres no están casados.
Los hijos pueden anotarse al nacer con un apellido distinto al de la madre o el padre
“Ambos padres deben firmar una Declaración Voluntaria de Paternidad (“Voluntary Declaration of Parentage”) antes de que se prepare el certificado. Esta regla implica que la madre puede inscribir al bebé con el apellido que ella elija si el padre no firma o no está involucrado"
Esto significa, en la práctica, que un niño recién nacido puede llevar un apellido diferente al de la madre o el padre. Y, además, que está sujeta a la decisión de la progenitora si el progenitor manifiesta no estar involucrado en la crianza del niño.

Las reglas que deben cumplir todos los padres al registrar a su recién nacido
Los ciudadanos tienen la libertad de elegir el nombre y apellido de su hijo, sin importar si es el mismo o diferente. Pero en base a las regulaciones de California, no pueden contener:
- El nombre inscrito en el certificado de nacimiento debe contener únicamente caracteres alfabéticos en inglés
- No se permiten acentos y tildes.
- Están prohibidos los nombres despectivos u obscenos.
- No se permiten utilizar números y otros símbolos.
Esta regulación rige desde el 1 de enero de 2016 y se mantiene actualmente en vigor para todas las anotaciones de nacimientos efectuadas en el estado.











