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En distintos estados del país, el vencimiento de un contrato de renta no siempre habilita al propietario a recuperar la vivienda de manera inmediata. Existen protecciones federales que, bajo determinadas circunstancias, permiten que el inquilino permanezca en el inmueble aun cuando el dueño no quiera renovar el acuerdo.

La norma aplica especialmente cuando hay situaciones de violencia doméstica o amenazas contra la seguridad del inquilino. Estas garantías surgen de la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA), que limita las facultades de desalojo en programas de vivienda con asistencia federal.

¿Por qué los inquilinos podrán quedarse en la vivienda aunque el dueño no quiera extender el contrato?

La ley federal prohíbe que un propietario se niegue a alquilar o desaloje a una persona únicamente porque ella —o alguien de su hogar— sea víctima de violencia doméstica, violencia en el noviazgo, agresión sexual o acoso. Tampoco pueden utilizarse como argumento los actos del agresor cuando están directamente vinculados con esa situación.

Además, el propietario no puede imponer condiciones más estrictas a una víctima que al resto de los inquilinos. Solo se admite el desalojo si existe una amenaza real e inmediata para otros residentes o empleados, o si hay incumplimientos graves del contrato que no estén relacionados con la violencia sufrida.

En distintos estados del país, el vencimiento de un contrato de renta no siempre habilita al propietario a recuperar la vivienda de manera inmediata. Fuente: archivo.

¿En qué casos el propietario sí puede desalojar y qué opciones existen?

La normativa permite dividir el contrato para expulsar exclusivamente al agresor y mantener en la vivienda a la víctima y a los demás miembros del hogar. En esos casos, deben cumplirse los procedimientos federales, estatales y locales correspondientes.

Puntos clave para los inquilinos

  • No pueden ser desalojados solo por ser víctimas de violencia.
  • Pueden solicitar traslado por razones de seguridad, incluso durante el contrato.
  • El propietario puede pedir certificación escrita y debe otorgar al menos 14 días hábiles para presentarla.
  • La información proporcionada debe mantenerse confidencial.