

La Administración del Seguro Social (SSA) enfrenta un caso particular que podría dejar sin pagos a miles de beneficiarios justo antes de las fiestas. El impacto recae sobre los beneficiarios de una prestación en particular.
Se trata de una disposición que combina requisitos migratorios y un límite temporal fijo. Al cumplirse ese plazo, la agencia está obligada a suspender los beneficios, afectando ahora a quienes iniciaron un proceso clave hace exactamente siete años.
¿Por qué el Seguro Social cancela los pagos a estos beneficiarios antes de fin de año?
La razón central es la regla de los 7 años para extranjeros dentro del programa de Ingreso Suplementario de Seguridad (SSI). Esta disposición aplica a quienes obtuvieron su estatus migratorio y solicitaron el beneficio dentro de categorías como refugiados, asilados, “Ingresantes cubanos o haitianos” o casos con deportación/remoción diferida.
Cuál es el grupo afectado ahora
Los recortes impactan específicamente a quienes comenzaron su estatus en diciembre de 2018, porque el plazo máximo de 7 años vence diciembre de 2025, coincidiendo con las semanas previas a Navidad y Año Nuevo.
Según las reglas federales, un extranjero puede recibir SSI durante un máximo de 7 años si pertenece a una de estas categorías:
- Refugiado bajo la Sección 207 del INA.
- Asilado bajo la Sección 208.
- Persona con deportación/remoción diferida (243(h) o 241(b)(3)).
- “Cuban o Haitian entrant” según la ley de 1980.
- Inmigrante amerasiático AM-1 a AM-8.
Al cumplirse el séptimo año exacto desde que el Departamento de Seguridad Nacional otorgó el estatus, el Seguro Social está obligado a cancelar los pagos, aun si el beneficiario cumple con todos los demás requisitos.

¿Qué pueden hacer los afectados para evitar perder el SSI?
Para quienes enfrentan la cancelación este diciembre, existen alternativas para intentar mantener el beneficio. No todas aplican en todos los casos y deben gestionarse antes del vencimiento.
Opciones de continuidad
Los beneficiarios podrían conservar el SSI si cumplen alguna de estas condiciones adicionales:
- Haber sido residentes legales y recibir SSI el 22 de agosto de 1996.
- Contar con 40 trimestres de trabajo calificados (propios o del cónyuge/padres).
- Ser veterano o estar en servicio activo en las Fuerzas Armadas de EE.UU.
- Residir legalmente en EE.UU. en 1996 y tener ceguera o discapacidad certificada.
Quienes no califiquen bajo ninguna de estas excepciones verán cancelado su SSI al cumplirse el período de 7 años. En esta ocasión, el plazo coincide con diciembre, lo que coloca a miles de personas en riesgo de perder su único ingreso en plena temporada festiva.













