

El Servicio de Impuestos Internos (IRS) puede avanzar contra las cuentas bancarias y los salarios de los contribuyentes que mantienen impuestos federales impagos y no regularizan su situación después de recibir los avisos correspondientes.
Este procedimiento se conoce como levy y permite que la agencia ordene a un banco retener determinados fondos o que un empleador entregue una parte del salario del contribuyente directamente al IRS. Sin embargo, tener una deuda tributaria no implica un embargo automático, ya que generalmente existe un proceso de cobro y notificación previo.
IRS confirmó que bloqueará las cuentas bancarias y retendrá los salarios: ¿Cómo se activa un wage levy?
Un wage levy es un embargo sobre el salario. Cuando el IRS lo aplica, el empleador debe enviar una parte de cada pago del trabajador a la agencia tributaria hasta que ocurra alguna de estas situaciones:
- La deuda tributaria quede completamente cancelada.
- El contribuyente llegue a otro acuerdo para pagarla.
- El IRS libere formalmente el embargo.
A diferencia de un embargo bancario puntual, el embargo salarial es continuo: puede afectar sucesivos pagos del trabajador mientras la orden siga vigente, aunque no necesariamente se retiene el salario completo.
El IRS establece una cantidad exenta del embargo, calculada principalmente a partir de la deducción estándar y de la cantidad de dependientes que corresponda al contribuyente.

¿A quiénes pueden bloquearles la cuenta bancaria IRS?
El IRS puede emitir un bank levy contra contribuyentes que tengan impuestos pendientes y cuyos procesos de cobro hayan avanzado hasta la instancia de embargo.
La agencia puede alcanzar bienes o derechos sobre bienes pertenecientes al deudor que estén en poder de terceros, entre ellos:
- Dinero depositado en cuentas bancarias.
- Salarios.
- Pagos de jubilación.
- Dividendos.
- Comisiones.
- Cuentas por cobrar.
- Ingresos provenientes de alquileres.
- Determinados derechos vinculados con seguros de vida.
También existen procedimientos para incautar determinados bienes físicos, como vehículos o propiedades, aunque están sujetos a reglas específicas.
En el caso particular de una cuenta bancaria, cuando la entidad financiera recibe la orden del IRS, los fondos disponibles alcanzados por el embargo quedan congelados.
¿Qué hacer ante un Aviso Final de Intención de Embargo?
Recibir un Aviso Final de Intención de Embargo y del Derecho a una Audiencia significa que el proceso de cobro ya llegó a una instancia avanzada y no debería ser ignorado.
El contribuyente puede actuar antes de que se ejecute el embargo:
- Pagar la deuda indicada por el IRS.
- Solicitar un plan de pagos cuando no sea posible cancelar el monto completo.
- Comunicarse con el IRS si considera que la deuda o el monto son incorrectos.
- Evaluar una oferta de transacción u Offer in Compromise, si reúne los requisitos.
- Solicitar una audiencia de Collection Due Process (CDP) para cuestionar el embargo o plantear alternativas de cobro.
Cuando el contribuyente recibe determinadas notificaciones finales, como LT11 o Letter 1058, dispone generalmente de 30 días para solicitar una audiencia CDP. La presentación se realiza mediante el Formulario 12153.













