

La Asamblea General de la ONU abrió ayer un nuevo debate sobre la “necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba”.
Durante la sesión, la embajadora de Uruguay en la ONU, Laura Dupuy, en representación del Grupo de los 77 y China -cuya presidencia recae sobre Uruguay- exigió “el levantamiento inmediato, completo e incondicional del embargo, incluidas todas las medidas con efectos extraterritoriales”.
“El grupo lamenta que el embargo económico, comercial y financiero impuesto por Estados Unidos a Cuba desde hace más de seis décadas siga plenamente vigente y continúe aplicándose”, afirmó Dupuy.
La representante diplomática uruguaya señaló que el reforzamiento del bloqueo por parte del gobierno de Donald Trump “representa el principal obstáculo para el proceso de normalización de las relaciones entre ambos países”.
La Asamblea General ha rechazado en 33 ocasiones el bloqueo a Cuba y este miércoles volverá a votar sobre el tema.
Dupuy consideró que las nuevas medidas del gobierno de Donald Trump, como las “destinadas a obstaculizar el suministro de petróleo al país y la imposición de sanciones a terceros Estados que mantengan relaciones comerciales legítimas con Cuba”, tienen “claros efectos extraterritoriales”.
Además, estas medidas de EEUU “son contrarias al propósito y a los principios de la Carta de las Naciones Unidas y del derecho internacional”, al tiempo que “socavan el multilateralismo, la cooperación económica internacional y un sistema comercial multilateral basado en normas”.
El Grupo de los 77 y China se manifestó “profundamente preocupado por las graves consecuencias humanitarias y para el desarrollo que tienen actualmente en Cuba las restricciones que afectan el acceso al suministro de energía”.
La embajadora uruguaya también mostró la preocupación del grupo de países por “la ampliación del carácter extraterritorial del embargo contra Cuba, en particular mediante la aplicación plena del título III de la ley Helms-Burton”.
La cláusula permite que cualquier ciudadano estadounidense afectado por expropiaciones del gobierno cubano a partir del 1º de enero de 1959 interponga acciones ante los tribunales estadounidenses contra quienes “trafiquen” con esas propiedades.

“La aplicación de esta ley constituye una clara violación de la libertad de comercio entre las naciones, debido a su propósito intimidatorio de sancionar cualquier transacción comercial o de inversión entre cualquier país y Cuba”, afirmó.











