

Ya no solo será la huella, ahora los bancos fueron autorizados para recopilar las caras de sus clientes con fines de identificación y autenticación.

De acuerdo con un decreto publicado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las instituciones de crédito podrán usar el reconocimiento de biometría facial como mecanismo de identificación y autenticación de clientes, además de las huellas digitales que ya habían sido autorizadas por el organismo.
El decreto amplía los mecanismos biométricos que los bancos pueden utilizar y que hasta ahora establecían principalmente la verificación mediante huellas dactilares.
De acuerdo con el regulador financiero mexicano, el objetivo de la medida es fortalecer la seguridad y confiabilidad de los procesos de autenticación bancaria.
La condición principal para utilizar el rostro como método de autenticación es que el rostro coincida con los biométricos registrados en el Instituto Nacional Electoral (INE), la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) o alguna autoridad fiscal o dependencia federal que tenga los servicios de verificación biométrica.
En este sentido, el decreto establece que los bancos deberán comprobar que la información biométrica de cada cliente coincida al menos 90% con los registros oficiales.
La medida aplicará para identificaciones como la credencial para votar, el pasaporte mexicano, la matrícula consular o bien identificación expedida por alguna otra autoridad fiscal mexicana o dependencia federal.
La resolución de la CNBV también establece que las bases de datos biométricos no podrán ser vendidas, transferidas, compartidas ni intercambiadas entre bancos o cualquier otro tipo de empresas.
Además, por ahora únicamente podrán utilizarse huellas dactilares y reconocimiento facial para la verificación y autenticación de la identidad.
El decreto entró en vigor este 2 de julio y los bancos tendrán hasta 90 días hábiles para implementar las nuevas medidas.















