

Las declaraciones fiscales presentadas fuera de plazo o sin cumplir con las obligaciones previstas en el Código Fiscal de la Federación (CFF) pueden dar lugar a multas económicas. Este criterio fue respaldado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver un caso en el que un contribuyente impugnó diversas sanciones impuestas por el SAT.
La resolución corresponde a un asunto decidido el 2 de marzo de 2026 y no implica la creación de nuevas multas. Lo que hizo la Suprema Corte de Justicia de la Nación fue confirmar que las sanciones previstas en la legislación vigente son compatibles con la Constitución, siempre que la autoridad determine el monto de manera individual para cada caso.
Qué resolvió la Suprema Corte sobre las multas del SAT
El asunto tuvo origen cuando un contribuyente recibió tres multas por presentar de forma extemporánea sus declaraciones de Impuesto Sobre la Renta (ISR) e Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Después de impugnar las sanciones sin obtener una resolución favorable en distintas instancias, el expediente llegó a la SCJN mediante el Amparo Directo en Revisión 7515/2024.
Al analizar el caso, la Corte confirmó la validez del artículo 82, fracción I, inciso d) del Código Fiscal de la Federación, al considerar que la norma no vulnera los artículos 1° y 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La resolución precisó que el esquema de multas no establece una cantidad fija para todos los casos, sino un rango económico que permite a la autoridad fiscal valorar las circunstancias particulares de cada infracción antes de imponer la sanción correspondiente.

Qué conductas pueden generar una multa del SAT
El artículo validado por la Corte contempla sanciones para quienes incumplan determinadas obligaciones fiscales relacionadas con la presentación de declaraciones. Entre las conductas previstas por la norma se encuentran:
- Presentar declaraciones fuera del plazo establecido.
- No presentar declaraciones por medios electrónicos cuando exista esa obligación.
- No atender los requerimientos formulados por la autoridad fiscal.
- Cumplir los requerimientos fuera del plazo legal.
De acuerdo con los montos actualizados, la multa puede ir de $20,790 a $41,590 pesos por cada obligación incumplida, dependiendo de la valoración que realice la autoridad fiscal en cada expediente.
Cómo debe fijar el SAT el monto de la sanción
La Corte explicó que la autoridad no puede imponer automáticamente la misma multa en todos los casos. Para determinar el monto dentro del rango previsto por la ley debe analizar factores como la gravedad de la conducta, la reincidencia y la capacidad económica del contribuyente.
Asimismo, el Máximo Tribunal señaló que el principio de igualdad tributaria no exige establecer multas distintas según el nivel de ingresos de cada persona. En su lugar, consideró constitucional que la ley prevea un rango de sanciones que permita ajustar el importe de acuerdo con las circunstancias concretas de cada infracción.
Esto significa que el sistema de multas por declaraciones extemporáneas ya existía y continúa vigente. Lo que confirmó la Suprema Corte fue que esa regulación es compatible con la Constitución, sin impedir que los contribuyentes puedan controvertir, en casos específicos, la forma en que la autoridad fundamente y motive el monto de la sanción impuesta.













