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El SAT recuerda que la Constancia de Situación Fiscal (CSF) no es un requisito obligatorio para emitir una factura electrónica o CFDI. Cuando un emisor condiciona la facturación a la exhibición de la Cédula de Identificación Fiscal o de la Constancia de Situación Fiscal, incurre en una infracción prevista en el artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación.
La sanción puede ir de 21.420 a 122.440 pesos cuando se trate de la primera infracción. No obstante, el CFF prevé un monto menor para ciertos contribuyentes del Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del ISR, y en caso de reincidencia puede aplicarse la clausura preventiva del establecimiento por un plazo de 3 a 15 días.

SAT: multa por exigir la Constancia de Situación Fiscal para emitir CFDI
El SAT explica que la Constancia de Situación Fiscal (CSF), uno de los documentos más importantes para los contribuyentes, no es un requisito obligatorio para emitir una factura electrónica o CFDI. Cuando un emisor condiciona la facturación a la entrega de este documento, incurre en una infracción fiscal prevista en el artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación.
La sanción por esta práctica no es menor. La multa establecida va de 21,420 pesos a 122,440 pesos, cuando se trate de la primera infracción, salvo el supuesto de contribuyentes del Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del ISR, para quienes la multa es menor; en caso de reincidencia puede aplicarse clausura preventiva.
¿Qué se necesita para facturar correctamente?
De acuerdo con el criterio normativo del SAT, quien solicita un CFDI debe proporcionar su RFC, nombre o razón social, código postal del domicilio fiscal y el uso fiscal que le dará al comprobante. No es necesario exhibir la Cédula de Identificación Fiscal ni la Constancia de Situación Fiscal.

Constancia de Situación Fiscal: qué datos contiene y por qué no pueden exigirla para factura
El SAT también aclara que los empleadores no deben solicitar la Constancia de Situación Fiscal a sus trabajadores para el timbrado de nómina. En su lugar, pueden solicitar a la autoridad fiscal los datos de inscripción en el RFC de sus trabajadores, conforme a la regla 2.7.1.46 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 y la ficha 44/CFF del Anexo 2.
La CSF contiene información fiscal del contribuyente y permite verificar que la persona está inscrita en el RFC. Puede obtenerse en el portal del SAT con contraseña o e.firma, y también mediante los canales habilitados por el organismo. Sin embargo, exigirla como condición para emitir una factura puede derivar en sanciones.














