El Servicio de Impuestos Internos (IRS) puede ordenar el embargo de bienes vinculados a una herencia cuando existen obligaciones fiscales pendientes.
No se trata de un procedimiento automático, sino de una opción concreta que el organismo puede aplicar según el caso.
Cuándo puede el IRS embargar una herencia
El embargo varía según quién tenga la deuda y en qué etapa se encuentre el proceso sucesorio.
Tanto los impuestos pendientes del fallecido como los del heredero pueden habilitar al IRS a actuar sobre los bienes heredados.
Cuando una persona muere, su patrimonio debe saldar impuestos antes de distribuirse entre los herederos. Si existen montos impagos, el IRS puede reclamar el pago desde la herencia, exigir al representante legal que regularice la situación, o imponer gravámenes sobre los bienes del patrimonio.
Esto afecta también a los mexicanos que residen en Estados Unidos. Según el propio IRS, una persona es considerada residente fiscal si cumple con el “green card test” (posee una residencia permanente legal) o con el “substantial presence test” (un cálculo basado en la cantidad de días de presencia física en el país durante el año en curso y los dos anteriores).
Quien cumple alguno de estos dos criterios queda sujeto a las mismas obligaciones tributarias que cualquier otro contribuyente, sin importar su nacionalidad de origen.
La declaración final: el trámite que evita el embargo
El paso clave para evitar esta situación es presentar la declaración final de impuestos del fallecido. Este trámite es obligatorio y debe incluir todos los ingresos generados hasta la fecha de muerte, las declaraciones de años anteriores que hayan quedado pendientes, y el pago de cualquier deuda o la solicitud del reembolso correspondiente.
La responsabilidad de presentar esta declaración recae en el cónyuge sobreviviente o en el representante del patrimonio.
Además, si los bienes heredados generan ingresos —por ejemplo, alquileres o inversiones—, puede ser necesario presentar una declaración adicional del patrimonio a través del Formulario 1041.