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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó a las organizaciones y fideicomisos que están autorizados para recibir donativos deducibles del Impuesto sobre la Renta(ISR), que la fecha límite para presentar la declaración anual del ejercicio fiscal 2024 es el 17 de febrero de 2025.

También recordó que existen nuevos requisitos que deben cumplirse para evitar posibles sanciones.

El SAT recordó que existen nuevos requisitos para la presentación de la declaración anual

A partir de ahora, las organizaciones donatarias que no dictaminen sus estados financieros deberán incluir en su declaración anual información sobre su balance general y su estado de actividades.

Cumplir con esta obligación fiscal es fundamental para mantener la autorización y asegurar la transparencia en el uso de los recursos recibidos. El incumplimiento de esta obligación no solo puede llevar a la pérdida de la autorización, sino también a una multa de 18,360 pesos.

Qué son donatarias, según el SAT

Las donatarias autorizadas son organizaciones de la sociedad civil o fideicomisos que recibieron autorización del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para recibir donativos deducibles de impuestos sobre la renta (ISR).

Qué donaciones son deducibles del Impuesto sobre la Renta

La Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) permite que los donativos sean deducibles de impuestos, siempre y cuando se entreguen a las siguientes instituciones:

  1. Instituciones de los tres órdenes de gobierno. Es decir, entidades federales, estatales y municipales.
  2. Organismos internacionales. Aquellos de los que México sea miembro.
  3. Personas morales autorizadas por el SAT. Organizaciones que cuenten con la autorización del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El SAT mantiene un listado actualizado de las instituciones que tienen autorización para recibir donativos deducibles, el cual se publica en el Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Puedes consultar el listado de instituciones autorizadas directamente ingresando aquí.

Requisitos para la emisión del comprobante fiscal:

Para que el donativo sea considerado deducible, es fundamental contar con un comprobante fiscal digital por Internet (CFDI) que respalde la operación. Los datos que deben estar correctamente reflejados son:

  • Datos del donante.
  • Número de autorización.
  • Detalle del donativo.

¿Existe algún límite en el monto de los donativos que puedo deducir del impuesto sobre la renta?

El donativo puede ser deducido en su totalidad, pero existe un límite máximo para esa deducción según lo siguiente:

  • Donativos a la Federación, entidades federativas, municipios o sus organismos descentralizados. La deducción está limitada a un 4% de: (i) la utilidad fiscal del ejercicio anterior en el caso de personas morales, o (ii) los ingresos acumulables del ejercicio fiscal inmediato anterior para personas físicas.
  • Donativos a las Donatarias Autorizadas por el SAT. Estos donativos pueden deducirse hasta un 7% de la utilidad fiscal o los ingresos acumulables del ejercicio anterior, conforme con el inciso anterior.