El SAT confirmó la fecha exacta en que comenzará a aplicar una de las multas más temidas por los contribuyentes
A partir de esta fecha, quienes no hayan efectuado el trámite se someterán a duras sanciones.
El Servicio de la Administración Tributaria (SAT) anunció una prórroga para que los contribuyentes activen su Buzón Tributario, aplazando la fecha límite del 31 de diciembre del 2024 hasta el 31 de diciembre de 2025.
Asimismo, recordó que el trámite es obligatorio y que los contribuyentes que no lo realicen estarán sujetos a una multa.
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¿Qué es el Buzón Tributario?
El Buzón Tributario es una herramienta digital que facilita la comunicación entre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y los contribuyentes.
Su objetivo principal es simplificar la notificación de actos administrativos, el envío de mensajes de interés y la presentación de promociones, avisos o cumplimientos.
Cuando se comenzará a aplicar la multa por no activar el Buzón Tributario
El 30 de diciembre de 2024, se anunció la extensión de la prórroga para habilitar el Buzón Tributario.
El organismo público indicó que, en caso de que el contribuyente no lo habilite antes del 31 de diciembre de 2025, será sujeto a una infracción a partir del 1 de enero de 2026.
Quiénes deberán activar el Buzón Tributario
De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), todas las personas físicas y morales que estén inscriptas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) deberán activar el Buzón Tributario.
Estarán exentas de determinadas obligaciones fiscales las siguientes personas y entidades:
- Personas físicas y morales que se encuentren en situación fiscal de cancelados o suspendidos.
- Personas físicas sin actividades fiscales registradas y sin actividad económica.
- Contribuyentes asalariados y asimilados a salarios cuyo ingreso anual sea menor a 400,000 pesos.
Cómo activar el Buzón Tributario
Para activar el Buzón Tributario los interesados deberán ingresar en Portal de trámites y servicios - SAT y seleccionar "Buzón tributario" en el margen derecho.
Una vez en el apartado, deberán indicar su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y contraseña.
Luego, tendrá que elegir la opción "configuración" y, posteriormente, completar el formulario, indicando medios de comunicación como correo electrónico y teléfono celular.
De este modo, se otorgará un plazo de 72 horas para confirmar los medios de contacto. De no hacerlo, no será posible completar el proceso.
Para la validación del correo electrónico, se enviará un enlace de confirmación. En el caso del número de celular, se remitirá un SMS con un código de verificación, el cual deberá ingresarse en la sección de Configuración del Buzón Tributario.