

El Instituo Mexicano del Seguro Social (IMSS) confirmó cómo afecta el retiro anticipado a los trabajadores que se pensionan bajo la Ley del Seguro Social de 1973, conocida también como Ley 73.
Quienes cumplan con el mínimo de 500 semanas cotizadas (equivalentes a unos 10 años de trabajo) y decidan jubilarse antes de los 65 años recibirán un descuento de hasta el 15% en su pensión mensual.
¿Por qué se aplica un descuento del 15%?
De acuerdo con la Ley del Seguro Social de 1973, existen dos formas de pensionarse: por Vejez, a partir de los 65 años, con el 100% del monto calculado; o por Cesantía en Edad Avanzada, disponible desde los 60 años, pero con un pago reducido.

El artículo 154 de la ley establece que esta última pensión procede cuando el trabajador se queda sin empleo remunerado a partir de los 60 años, siempre que cumpla con las semanas mínimas cotizadas. Sin embargo, el monto que recibe depende directamente de la edad exacta en la que se retire:
- 60 años: 75% de la pensión
- 61 años: 80%
- 62 años: 85%
- 63 años: 90%
- 64 años: 95%
- 65 años: 100%
Esto significa que una persona que se jubila a los 62 años —habiendo cumplido ya con el mínimo de 10 años de trabajo— recibirá exactamente un 15% menos de lo que le correspondería si esperara hasta los 65.
El recorte es permanente y no se recupera
El IMSS aclaró que esta reducción no es temporal: se aplica de por vida sobre el monto de la pensión, sin posibilidad de ajuste posterior. Es decir, quien decide adelantar su retiro asume esa diferencia durante todos los años que reciba su pago mensual.
Sobre esa pensión ya reducida sí pueden sumarse otros conceptos, como las asignaciones familiares: un 15% adicional por esposa o concubina, un 10% por cada hijo menor de 16 años (o hasta 25 si estudia), o un 10% por cada padre dependiente en caso de no tener esposa ni hijos. Quienes no cuenten con ningún dependiente económico reciben, en cambio, una ayuda asistencial del 15% sobre su pensión base.
Además, existe un piso mínimo que establece que ningún pensionado puede recibir menos que la pensión mínima garantizada, establecida en el artículo 168 de la Ley 73, sin importar el porcentaje de reducción que le corresponda por su edad.
Ante este panorama, el IMSS recomienda a los trabajadores evaluar con cuidado si conviene esperar hasta los 65 años antes de tramitar su pensión.













