Confirmado | El SAT eliminará el cobro de impuestos para quienes tengan créditos hipotecarios
Esta medida busca facilitar el acceso a la vivienda y hacer realidad el sueño de la casa propia.
En un movimiento que promete aliviar la carga financiera de miles de contribuyentes, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció una modificación en el esquema de deducciones relacionadas con créditos hipotecarios.
En un contexto donde los gastos familiares continúan incrementándose y la adquisición de una vivienda representa un gran desafío, esta nueva medida busca facilitar el acceso a la casa propia para todos los ciudadanos de México.
La eliminación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en créditos hipotecarios representa un alivio significativo para quienes planean adquirir un hogar, ya que reducirá la carga fiscal asociada con este tipo de financiamiento.
El SAT confirmó que se eliminará el IVA de los créditos hipotecarios
De acuerdo con las nuevas disposiciones, el SAT estableció la eliminación del cobro del IVA para créditos hipotecarios específicos, fundamentando esta decisión en el artículo 15, fracción I, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Según explicaron las autoridades, esta medida está diseñada específicamente para incentivar la adquisición de vivienda y hacer más accesible el sueño de tener una casa propia para los contribuyentes.
Es importante destacar que esta exención no aplica a los cargos bancarios asociados a la gestión del crédito, como comisiones por otorgamiento o intereses moratorios, los cuales permanecerán sujetos al IVA.
Quiénes no deberán pagar IVA
El beneficio está dirigido exclusivamente a personas físicas que soliciten un crédito hipotecario para la adquisición de una vivienda destinada a uso personal, estableciendo así un criterio claro de elegibilidad.
Las personas morales quedan excluidas, ya que se considera que tienen un objetivo económico y no califican como consumidores finales del inmueble.
Para acceder, los contribuyentes deberán demostrar que el crédito hipotecario será utilizado específicamente para la adquisición de una vivienda de uso personal.
Por qué quedan excluidas las empresas y personas morales
En una decisión unánime, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la exención fiscal en la adquisición de vivienda está diseñada exclusivamente para personas físicas, excluyendo a empresas y personas morales.
En el marco del amparo directo en revisión 3721/2024, los ministros resolvieron que la finalidad social de esta medida es garantizar el derecho a una vivienda digna, alineándose con los principios constitucionales.
La Corte argumentó que las empresas, por no ser consumidores finales y operar con fines económicos, no cumplen con el perfil para acceder a este beneficio, que no está destinado a fomentar actividades comerciales en el mercado inmobiliario.
La resolución también subrayó que esta interpretación no vulnera el principio de seguridad jurídica, ya que el alcance de la exención es claro: apoyar a las personas físicas en la adquisición de vivienda, reforzando su propósito social.