

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, emitió un fallo que podría tener un impacto relevante en el sistema de prestaciones de vivienda para trabajadores de Petróleos Mexicanos, Pemex. El Pleno determinó que no basta con revisar el reglamento interno de la empresa para decidir si está exenta de aportar al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, Infonavit, sino que deberá compararse con lo que establece la legislación federal.
Al resolver el Amparo en Revisión 633/2026, la Suprema Corte señaló que “el parámetro para determinar si Pemex satisface la obligación de vivienda contenida en el artículo 123, apartado A, fracción XII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el artículo 136 de la Ley Federal del Trabajo y no únicamente su reglamento interno de trabajo”. Por ello, el asunto regresará al tribunal colegiado para emitir una nueva resolución.

¿Qué decidió la Suprema Corte sobre las aportaciones al Infonavit?
La resolución establece que el tribunal deberá analizar si las prestaciones de vivienda que ofrece Pemex, como la ayuda para renta de casa o los apoyos para adquirir una vivienda, brindan beneficios equivalentes o superiores a los contemplados por la legislación que regula al Infonavit.
Si esas prestaciones internas no alcanzan el nivel de protección previsto por la Constitución, la Ley del Infonavit y la Ley Federal del Trabajo, la empresa no podrá justificar dejar de realizar las aportaciones legales que corresponden a favor de sus trabajadores.
Con este criterio, la Suprema Corte reforzó que el derecho a la vivienda debe evaluarse conforme al marco legal vigente y no únicamente con base en los beneficios establecidos por una empresa en sus reglamentos internos, incluso cuando se trate de una compañía productiva del Estado como Pemex.

Así podría aplicarse el fallo de la Suprema Corte
Imagina que un trabajador de confianza de Pemex recibe un apoyo económico para pagar la renta de una vivienda y, por ese motivo, la empresa no realiza aportaciones al Infonavit. Tras el Amparo en Revisión 633/2026, ese esquema ya no podrá considerarse suficiente de manera automática.
El tribunal deberá comparar esos beneficios con los derechos que otorgan la Ley del Infonavit y el artículo 136 de la Ley Federal del Trabajo.
Si concluye que las prestaciones de Pemex no ofrecen una protección igual o mayor para garantizar el derecho a la vivienda, la empresa deberá cumplir con las aportaciones legales al Infonavit.
De esta forma, el fallo de la Suprema Corte sienta un criterio que prioriza el estándar constitucional de protección a la vivienda por encima de lo previsto únicamente en un reglamento interno.















