

Con un notable impacto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, ha procedido a invalidar una normativa en Veracruz que requería a los propietarios proporcionar una alternativa de vivienda a sus inquilinos al solicitar la desocupación del inmueble. Este ajuste en el régimen de arrendamiento se considera una mejora significativa.
La Suprema Corte, en virtud de la resolución del Amparo Directo en Revisión 2265/2023, estableció en el Pleno del 4 de marzo que la medida mencionada resulta desproporcionada para los arrendadores. El fallo destaca que dicha normativa “im pone una carga desproporcionada e injustificada al arrendador y afecta su derecho de propiedad privada”, según lo indicado en el comunicado oficial.

La Suprema Corte invalida una obligación clave para propietarios en Veracruz
El Pleno de la SCJN sostuvo que la última parte del artículo 16 de la Ley de Inquilinato del Estado de Veracruz no es compatible con lo estipulado en la Constitución, en virtud de que impone a los propietarios la responsabilidad de ofrecer una vivienda alternativa al inquilino desalojado.
Asimismo, la Suprema Corte argumentó que esta exigencia desborda los parámetros del derecho constitucional a una vivienda digna y trasladaba las responsabilidades del Estado hacia los particulares, lo que repercute de manera desfavorable en el derecho de propiedad.

La Suprema Corte establece los límites del derecho a la vivienda en contratos de arrendamiento
El tribunal dictaminó que el derecho a la vivienda comprende la seguridad jurídica en la tenencia para aquellas personas que alquilan un inmueble destinado a residencia.
No obstante, el tribunal precisó que esta tutela no puede imponer a los propietarios la obligación de garantizar vivienda alternativa, puesto que es responsabilidad del Estado proporcionar esta mediante la implementación de políticas públicas, programas de vivienda y marcos legales apropiados.
¿Qué implicaciones tiene el fallo para propietarios e inquilinos en Veracruz?
En un contexto semejante, el arrendatario estará obligado a abandonar el lugar de acuerdo con el procedimiento judicial establecido o a buscar opciones de vivienda por su cuenta, mientras que el Estado sigue teniendo la responsabilidad de implementar políticas de vivienda.
En localidades tales como Xalapa o Veracruz, un propietario tendrá la facultad de solicitar la finalización del concurso y la evacuación del inmueble sin la carga legal de proporcionar otra residencia al arrendatario.















