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El Gobierno de la Ciudad de México mantiene sanciones específicas para los conductores que sean sorprendidos bajo los efectos del alcohol al manejar. La normativa establece distintos supuestos que pueden derivar en la suspensión temporal o cancelación definitiva de la licencia de conducir, según la situación de cada persona.

La medida no implica que cualquier conductor que haya consumido una bebida alcohólica pierda automáticamente su licencia. La legislación contempla sanciones diferentes según la reincidencia, además de reglas específicas para quienes conducen vehículos destinados al transporte público, privado de pasajeros o de carga.

Qué dice la Ley de Movilidad sobre las licencias de conducir

La Ley de Movilidad de la Ciudad de México establece en su artículo 67 los casos en los que la autoridad debe cancelar de manera definitiva una licencia o permiso para conducir.

Una de las situaciones previstas ocurre cuando el titular es sancionado por segunda vez en un periodo de un año por conducir un vehículo motorizado bajo los efectos del alcohol o narcóticos. También procede la cancelación cuando existe una tercera sanción en un periodo de tres años por la misma conducta.

La legislación también contempla una medida más estricta para quienes conducen transporte privado o público de pasajeros o de carga. En estos casos, la cancelación puede proceder desde la primera ocasión en que el conductor sea sancionado por manejar en estado de ebriedad o bajo los efectos del alcohol o narcóticos.

Primera infracción: cuánto tiempo pueden suspender la licencia

Para los conductores particulares, la primera sanción por conducir bajo los efectos del alcohol no implica necesariamente una cancelación definitiva.

El artículo 68 de la Ley de Movilidad establece que, cuando una persona es sancionada por primera ocasión por esta conducta, la licencia puede quedar suspendida durante un año. Además, la persona infractora debe someterse, a su costa, a un tratamiento contra las adicciones determinado por una institución especializada.

(Representación creada con IA)
(Representación creada con IA)ChatGPT

En caso de una segunda sanción en un periodo menor a tres años, la suspensión puede extenderse a tres años. La misma disposición establece nuevamente la obligación de realizar el tratamiento correspondiente.

Cuándo pueden quitar la licencia de manera definitiva

La cancelación definitiva está contemplada principalmente para casos de reincidencia.

De acuerdo con el artículo 67, la Secretaría debe cancelar la licencia cuando el titular sea sancionado por segunda ocasión dentro de un año por conducir bajo los efectos del alcohol o narcóticos.

También puede cancelarse cuando exista una tercera sanción dentro de un periodo de tres años por conducir bajo los efectos de estas sustancias.

Para los conductores de transporte público o privado de pasajeros y de carga, la regla es más estricta: la cancelación puede aplicarse desde la primera sanción cuando se compruebe que condujeron en estado de ebriedad o bajo los efectos del alcohol o narcóticos.

La autoridad también debe retener la licencia

La normativa incorpora además una disposición específica sobre la retención del documento.

El artículo 69 Bis señala que, al sancionar a una persona por conducir bajo los efectos del alcohol o narcóticos, Seguridad Ciudadana debe retener la licencia o permiso de conducir durante los periodos establecidos para la suspensión.

La disposición también alcanza a licencias expedidas por otras entidades federativas o países, cuando la persona incurra en los supuestos previstos por la Ley de Movilidad.

Durante el periodo de suspensión o, en los casos de cancelación, de manera definitiva, la persona queda impedida para conducir vehículos motorizados en la Ciudad de México, incluso si cuenta con una licencia expedida en otra entidad o país.

Qué ocurre con el vehículo cuando detectan alcohol

El Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México también establece qué deben hacer los agentes cuando detectan que un conductor presenta síntomas de encontrarse bajo los efectos del alcohol.

El artículo 68 dispone que el agente autorizado debe levantar la boleta de sanción y remitir al conductor ante el Juez Cívico. El vehículo puede continuar su marcha únicamente cuando llegue otro conductor o una persona responsable que pueda hacerse cargo.

La normativa contempla además distintos supuestos en los que un vehículo puede ser remitido al depósito vehicular, de acuerdo con las infracciones cometidas y las circunstancias del caso.

Cuáles son las sanciones previstas por conducir bajo los efectos del alcohol

La normativa de la Ciudad de México contempla diferentes consecuencias dependiendo del caso:

  • Primera sanción: suspensión de la licencia durante un año, además del tratamiento contra las adicciones previsto por la Ley.
  • Segunda sanción en menos de tres años: suspensión durante tres años, además del tratamiento correspondiente.
  • Segunda sanción en un año: cancelación definitiva de la licencia.
  • Tercera sanción en tres años: cancelación definitiva.
  • Transporte público o privado de pasajeros o de carga: la cancelación puede proceder desde la primera sanción.

Por otra parte, cuando se aplica una suspensión por conducir bajo los efectos del alcohol, Seguridad Ciudadana debe retener la licencia o permiso durante el periodo establecido por la Ley de Movilidad.