Rentar una casa o un departamento en la Ciudad de México no significa que los inquilinos deban aceptar cualquier condición del inmueble. La Ley de Vivienda de la Ciudad de México, popularmente llamada Ley de Alquileres, reconoce el derecho de toda persona a acceder a una vivienda adecuada y establece criterios mínimos de habitabilidad que deben respetarse, incluso cuando se trata de inmuebles destinados al arrendamiento.
El artículo 3 de la legislación define la vivienda digna y adecuada como aquella que cumple con condiciones de habitabilidad, salubridad, seguridad estructural, accesibilidad, servicios básicos y espacios suficientes para el desarrollo de las personas, en concordancia con el derecho humano a la vivienda reconocido por la Constitución. Asimismo, señala que la política de vivienda debe garantizar inmuebles que permitan una vida segura y digna.
En ese mismo sentido, el artículo 63 establece expresamente que “las acciones en vivienda en arrendamiento, no tendrán vicios ocultos o defectos que impidan el uso de ellas”, por lo que los inmuebles destinados a renta deben entregarse en condiciones que permitan su uso normal y conforme a la legislación aplicable.
Atención: lo que ya no debería ofrecer un propietario al rentar una vivienda
La Ley de Vivienda busca que las personas que alquilan un inmueble tengan acceso a espacios adecuados para vivir y no a propiedades con deficiencias que comprometan su seguridad o calidad de vida.
Entonces, a partir de los principios establecidos en los artículos 3, 62 y 63, un propietario no debería ofrecer viviendas que incumplan con las condiciones mínimas de habitabilidad previstas por la legislación.Entre las condiciones que deben respetarse destacan las siguientes:
- Viviendas con vicios ocultos que impidan habitarlas.
- Inmuebles con defectos estructurales que dificulten su uso normal.
- Espacios que carezcan de condiciones mínimas de habitabilidad.
- Casas o departamentos que no ofrezcan condiciones de salubridad.
- Viviendas que representen riesgos para la seguridad de sus ocupantes.
- Inmuebles que no permitan un uso adecuado por problemas que limiten su funcionamiento.
Además, el artículo 62 establece que las acciones en materia de vivienda deberán contribuir a garantizar condiciones adecuadas para las personas que ocupan un inmueble, mientras que el artículo 63 refuerza que la vivienda en arrendamiento debe entregarse libre de defectos que impidan su utilización.
Estas disposiciones fortalecen la protección de quienes buscan rentar una casa o departamento en la capital del país.
La ley busca garantizar una vivienda digna para quienes rentan
Aunque la Ley de Vivienda no regula todos los aspectos de los contratos de arrendamiento, sí establece un marco de protección para que las viviendas destinadas a renta cumplan con estándares mínimos de calidad.
Lo anterior significa que el derecho a una vivienda adecuada también alcanza a quienes viven en un inmueble alquilado y no únicamente a quienes son propietarios.
La Ley de Vivienda de la CDMX existe también para proteger los derechos de quienes están alquilando
En caso de que una vivienda presente defectos graves que impidan habitarla o incumpla con las condiciones previstas en la legislación, los inquilinos pueden hacer valer los derechos que les reconocen tanto la Ley de Vivienda de la Ciudad de México como las demás disposiciones civiles aplicables.
El objetivo de estas normas es que el acceso a una vivienda digna no dependa únicamente del mercado, sino que también cuente con garantías legales que protejan a las personas que deciden rentar un hogar.