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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido una resolución fundamental que afecta de manera directa la gestión de nóminas y créditos de vivienda. Este fallo ha sentado jurisprudencia para miles de empleados que poseen créditos del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).

El pasado 4 de noviembre, al resolver la Contradicción de Criterios 120/2025, el máximo tribunal determinó que los empleadores tienen la facultad de solicitar la suspensión provisional de los descuentos salariales por créditos del Infonavit.

Esta excepcionalidad se aplica en situaciones concretas específicas cuando un trabajador se encuentre ausente o incapacitado, siempre que se garantice el pago del crédito por una vía alterna. Esta decisión evita las deducciones mientras no se percibe un salario directo.

La Suprema Corte falló a favor de los trabajadores y el Infonavit ya no podrá descontar dinero en estos casos (foto: archivo).
La Suprema Corte falló a favor de los trabajadores y el Infonavit ya no podrá descontar dinero en estos casos (foto: archivo).

Alcance de la reciente decisión del Máximo Tribunal mexicano

Este fallo surge como respuesta a la reforma al artículo 29 de la Ley del Infonavit, publicada el 21 de febrero de 2025. Dicha modificación legislativa buscaba robustecer la recaudación del instituto, estipulando que los descuentos patronales por amortización de créditos de vivienda no se suspenderían bajo ninguna circunstancia, incluyendo ausencias o incapacidades del trabajador.

Sin embargo, la SCJN, ha modulado esta obligación incondicional. A través de la jurisprudencia por contradicción de criterios 120/2025, el tribunal determinó que es procedente conceder la suspensión provisional de los efectos del penúltimo párrafo del artículo 29, siempre y cuando el empleador promueva un amparo y, crucialmente, exhiba una garantía suficiente como fianza o depósito para asegurar la continuidad del pago del crédito hipotecario.

La intención original del legislador era garantizar un flujo financiero ininterrumpido para el Infonavit y consolidar la obligación de retención del patrón como incondicional. De hecho, el Infonavit había anunciado que la plena aplicación de esta estricta reforma comenzaría en el bimestre noviembre-diciembre de 2025.

Significado de la jurisprudencia por contradicción de criterios 120/2025

La Corte fundamentó su decisión en que exigir el descuento automático sin la percepción de salario completo o en situación de incapacidad impone una carga desproporcionada tanto para la empresa como para el colaborador, aun cuando la obligación de pago del crédito en sí misma se mantiene.

La resolución de la Corte se basa en la consideración de que la implementación de tales descuentos podría generar un impacto negativo en la relación laboral, afectando la estabilidad económica del trabajador.

Implicaciones para los Empleadores

Las implicaciones de esta sentencia son inmediatas para el ámbito empresarial. Para los empleadores, la resolución significa la necesidad de actualizar sus procesos de nómina para contemplar la posibilidad de suspender la retención vía nómina en casos específicos, siempre bajo una resolución judicial favorable de amparo.

La responsabilidad patronal subsiste en asegurar que, aunque no sea vía nómina, el crédito se mantenga garantizado.