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Una decisión judicial que cambia las reglas del juego para millones de ciudadanos con créditos hipotecarios acaba de sacudir el panorama laboral del país.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los empleadores tienen el derecho de frenar temporalmente los descuentos salariales destinados hacia el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) en circunstancias específicas, contradiciendo la intención original de una reforma que buscaba hacer estas deducciones absolutamente obligatorias.

El fallo llegó tras resolver un conflicto de criterios jurídicos que enfrentaba dos visiones opuestas: por un lado, la necesidad de mantener un flujo constante de recursos; por otro, la protección de trabajadores que atraviesan momentos donde su ingreso se ve mermado. La balanza se inclinó hacia quienes dependen de su salario para vivir.

Un fallo que pone en pausa los descuentos automáticos y abre un nuevo frente jurídico para empleadores y trabajadores. Fuente: Shutterstock.
Un fallo que pone en pausa los descuentos automáticos y abre un nuevo frente jurídico para empleadores y trabajadores. Fuente: Shutterstock.

¿Qué cambió exactamente con esta resolución?

El pasado 4 de noviembre, después de analizar Contradicción de Criterios 120/2025, la SCJN estableció un precedente fundamental. Los tribunales del país ahora tienen la obligación de considerar la suspensión provisional de los descuentos cuando un trabajador no recibe su salario completo debido a incapacidades médicas o ausencias justificadas.

Esta determinación choca directamente con una modificación aprobada en febrero de 2025 con el artículo 29 de la Ley del Infonavit. Esa reforma pretendía que ninguna circunstancia —ni siquiera la falta de pago de salario— detuviera las deducciones patronales.

Sin embargo, los magistrados encontraron que aplicar esta regla de manera automática generaba una situación injusta: obligar a descontar dinero de un salario que no existe o que está incompleto representa una carga excesiva tanto para las empresas como para los empleados.

Fallo histórico: en estos casos ya no podrá haber reducciones salariales. Fuente: Shutterstock.
Fallo histórico: en estos casos ya no podrá haber reducciones salariales. Fuente: Shutterstock.

Los requisitos que deben cumplirse para suspender los descuentos

La Corte Suprema no abrió la puerta de par en par. Estableció condiciones claras que equilibran los intereses de todas las partes involucradas. Para que proceda la suspensión temporal de las retenciones, el empleador debe cumplir con tres elementos indispensables.

Primero, interponer un juicio de amparo contra la aplicación del artículo reformado. Segundo, demostrar que existe una causa justificada para la suspensión, como una incapacidad médica prolongada o una ausencia autorizada del trabajador. Y tercero —quizás lo más importante— garantizar mediante fianza o depósito que el crédito hipotecario seguirá siendo cubierto por otra vía.

Este último punto es crucial para entender el alcance de la resolución. No se trata de cancelar la deuda ni de dejar de pagar. El compromiso financiero permanece intacto, pero el mecanismo de pago se ajusta a la realidad económica del momento.