

El SAT confirmó que retomará las visitas domiciliarias para supervisar el cumplimiento de obligaciones fiscales en México, un procedimiento que suele generar dudas entre contribuyentes de todo el país.
Aunque en redes sociales circularon versiones sobre operativos masivos “casa por casa”, la autoridad aclaró que las revisiones serán selectivas y solo aplicarán cuando existan indicios de posibles irregularidades.
Estas visitas permiten a la institución verificar domicilios fiscales, movimientos económicos y documentación contable, siempre bajo un marco legal que protege los derechos del contribuyente. Ante la reactivación de este mecanismo de fiscalización, te contamos a continuación quiénes son los que podrían recibir estas visitas, y qué recomendaciones tener en cuenta si la autoridad fiscal toca tu puerta.
Cómo funcionan las visitas domiciliarias del SAT
El SAT puede acudir al domicilio de cualquier contribuyente cuando existen “motivos fundados”: inconsistencias en declaraciones, discrepancias en facturación o dudas sobre el domicilio fiscal registrado. Estas revisiones no implican operativos masivos, sino auditorías puntuales seleccionadas con base en criterios de riesgo fiscal.

El personal autorizado debe presentar una orden de visita debidamente fundamentada, junto con identificación oficial. El contribuyente tiene derecho a verificar que quien llega realmente trabaje para el SAT mediante el portal oficial.
Durante la visita, se puede examinar contabilidad, bienes o facturas, así como comprobar que los ingresos declarados coincidan con la realidad fiscal.
¿Quiénes pueden recibir una visita del SAT?
El SAT puede realizar visitas domiciliarias tanto a personas físicas como a personas morales cuando detecta señales de riesgo fiscal o irregularidades en su situación. El foco no está en un grupo específico: no hay un régimen obligatorio de asalariados, honorarios, arrendadores, pensionados, jubilados o empresas que “automáticamente” vaya a ser revisado.
La selección depende de criterios objetivos: por ejemplo, inconsistencias en declaraciones, dudas sobre domicilio fiscal, discrepancias en facturación o movimientos financieros que despierten sospechas.
Aunque hay versiones que señalan que podrían revisar casas de adultos mayores, jubilados o pensionados — sobre todo si hay depósitos o trámites inusuales — las autoridades han aclarado que ese grupo no es prioritario, y solo se someterá a revisión en casos excepcionales.
Recomendaciones a tener en cuenta ante una visita del SAT
- Pedir identificación oficial del visitante y verificar su nombre y RFC en el sistema de validación del SAT.
- Solicitar la orden de visita y comprobar que esté firmada, fundamentada y dirigida a tu nombre o razón social.
- Revisar que la orden especifique qué ejercicios, documentos o áreas serán revisados.
- No permitir el acceso si la documentación del auditor es dudosa, está incompleta o no coincide con los registros oficiales.
- Exigir la Carta de Derechos del Contribuyente Auditado, que explica el procedimiento y tus garantías.
- Solicitar asesoría si no entiendes algún punto; puedes pedir apoyo legal o un representante durante la revisión.
- Guardar copia de todos los documentos entregados o revisados durante la visita.
- Evitar proporcionar información adicional que no esté solicitada formalmente en la orden.
- Cerrar la visita con un acta circunstanciada, donde quede asentado lo revisado y cualquier aclaración pertinente.














