

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la constitucionalidad del tipo administrativo de abuso de funciones previsto en la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México. El fallo ratifica que los servidores públicos que incurran en estas conductas pueden recibir sanciones como hasta 10 años de inhabilitación, además de la reparación del daño ocasionado.
La resolución deriva del caso de un exdirector general del Instituto de Vivienda de la Ciudad de México, quien fue sancionado con 10 años de inhabilitación. La Suprema Corte concluyó que la expresión “perjuicio al servicio público” es compatible con el principio de legalidad y puede aplicarse conforme a las funciones y obligaciones específicas de cada servidor público.

La Suprema Corte respalda el castigo por abuso de funciones en el servicio público
El Pleno determinó que el artículo impugnado cumple con el principio de exacta aplicación de la ley, ya que está dirigido exclusivamente a personas servidoras públicas, quienes tienen la obligación de conocer las normas que regulan el cargo que desempeñan.
Asimismo, explicó que el concepto de “perjuicio al servicio público” debe analizarse caso por caso, considerando la dependencia donde labora el funcionario, las funciones que tiene encomendadas y las pruebas aportadas durante el procedimiento administrativo, garantizando así el derecho de defensa y la valoración objetiva de cada asunto.

¿Qué conductas pueden ser sancionadas por abuso de funciones?
De acuerdo con la resolución de la Suprema Corte, incurre en abuso de funciones la persona servidora pública que, aprovechando su cargo, realice o induzca actos u omisiones para obtener beneficios indebidos o provocar afectaciones al servicio público o a terceros.
Las sanciones pueden aplicarse cuando el funcionario:
- Obtiene un beneficio personal derivado de su cargo.
- Favorece a familiares o personas con las que mantiene alguna relación.
- Realiza actos u omisiones que causan un perjuicio al servicio público.
- Provoca daños a otras personas mediante el ejercicio de sus funciones.
- Incumple las obligaciones y prohibiciones inherentes al cargo que desempeña.
Con esta decisión, la Suprema Corte fortaleció el marco jurídico para sancionar el abuso de funciones dentro del servicio público y confirmó que este tipo administrativo ofrece certeza suficiente para su aplicación. Además, dejó claro que la existencia del “perjuicio al servicio público” deberá demostrarse mediante pruebas en cada procedimiento, evitando sanciones automáticas y garantizando el debido proceso.















