

El Servicio Militar Nacional suele asociarse con un trámite que concluye al obtener la cartilla liberada. Sin embargo, el marco legal de las fuerzas armadas mexicanas establece disposiciones que permanecen vigentes más allá del año de adiestramiento obligatorio.

La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) conserva facultades para convocar a ciudadanos en situaciones excepcionales.
Debido al sistema de escalafón, las generaciones nacidas a partir de 1990, que actualmente rondan los 30 años o más, permanecen dentro del esquema de disponibilidad de la Sedena.
En caso de una movilización general decretada por el Poder Ejecutivo ante una amenaza extrema, estos ciudadanos podrían ser llamados de forma obligatoria a filas.
Por qué los nacidos desde 1990 pueden ser convocados
La obligación militar no termina al recibir la cartilla liberada. Después del servicio, los ciudadanos pasan a distintas etapas de reserva institucional, creadas para proteger la soberanía y la seguridad del país ante emergencias nacionales o conflictos internacionales.
Quienes nacieron desde 1990 en adelante integran la primera reserva del ejército, que comprende a los varones de hasta 30 años de edad. Posteriormente, pasan a la segunda reserva, la cual se extiende hasta los 40 años.
Quiénes deben tramitar la cartilla y quiénes están exentos
De acuerdo con la Constitución y la Ley del Servicio Militar, el trámite es obligatorio para todos los varones mexicanos por nacimiento o naturalización al cumplir 18 años. La inscripción se realiza cada año ante las juntas municipales de reclutamiento correspondientes al domicilio del interesado.

Las mujeres pueden participar de manera voluntaria. La cartilla liberada funciona como documento oficial de identificación y es requisito para trabajar en diversas dependencias gubernamentales y de seguridad.
El adiestramiento se define mediante un sorteo público realizado en noviembre. La bola blanca o azul indica servicio activo presencial, con asistencia los fines de semana a centros de adiestramiento de la Sedena o la Secretaría de Marina. La bola negra significa que el solicitante queda a disponibilidad, sin marchar los fines de semana, aunque su documentación permanece bajo resguardo de las autoridades.
La ley contempla excepciones para:
- quienes tengan incapacidad física o mental permanente certificada por médicos militares
- quienes sean ministros de culto religioso acreditados
- quienes acrediten un impedimento moral justificado
- quienes demuestren condición menonita
- quienes sean hijos de extranjeros
- quienes hayan adquirido otra nacionalidad o tengan más de 40 años sin haber completado el proceso.











