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Al solicitar una visa para viajar a Estados Unidos, el proceso no termina con llenar formularios y presentarse a una entrevista consular. Desde hace varios años, los solicitantes deben proporcionar información sobre su presencia en redes sociales en el formulario DS-160, y esto se ha vuelto parte de cómo las autoridades verifican la identidad y antecedentes de los solicitantes.

Según la Embajada y los consulados de Estados Unidos, se debe incluir todos los nombres de usuario o identificadores de redes sociales que se hayan usado en los últimos cinco años en ese formulario.

Más allá de solo mencionar las cuentas, los oficiales consulares y personal que revisa la solicitud pueden observar el contenido público de publicaciones, comentarios y perfil.

Cómo las redes pueden afectar la decisión de denegar la visa de USA

En algunos casos, lo que aparece en las redes puede influir en la decisión de conceder o negar una visa, especialmente si existe información que parezca inconsistente con los datos entregados o que pueda ser interpretada como un riesgo para la seguridad o las leyes de Estados Unidos.

Estados Unidos puede rechazar una visa por el contenido en redes sociales del solicitante.
Estados Unidos puede rechazar una visa por el contenido en redes sociales del solicitante.

Los consulados pueden revisar que los datos profesionales, académicos y personales en redes coincidan con lo escrito en la solicitud o comentado en la entrevista.

Los oficiales pueden observar publicaciones públicas que puedan indicar conductas o actitudes que consideren relevantes para la evaluación del caso, como participación en grupos extremos, actividades ilegales o discursos que, según su juicio, puedan representar riesgo para la seguridad.

Además, pueden ver grupos o páginas que se siguen públicamente y que se relacionen con temas de seguridad, ideologías que el gobierno considera sensibles, o actividades que no se alinean con lo explicado para el viaje.