- Qué es una firma electrónica y qué es una firma digital
- La diferencia clave: qué pasa si alguien desconoce la firma
- Cómo funciona una firma digital
- ¿Hay que ir presencialmente para obtener una firma digital?
- Qué firma conviene utilizar
- Cómo saber si realmente estamos ante una firma digital
- Tres cuestiones a revisar antes de firmar desde el celular
A simple vista, ambas pueden parecer lo mismo: una persona recibe un documento, lo abre desde una computadora o celular y lo firma sin usar papel. Sin embargo, en Argentina la firma electrónica y la firma digital tienen diferencias técnicas y jurídicas importantes, especialmente cuando alguien cuestiona posteriormente la autenticidad de un documento.
“Jurídica y técnicamente no son lo mismo”, explica Daniel Raskin, gerente general de Lakaut, una empresa argentina de digitalización documental y Autoridad Certificante licenciada en firma digital. La principal diferencia, señala, está en el valor probatorio que tiene cada una.
Qué es una firma electrónica y qué es una firma digital
La firma electrónica es, según Raskin, “el conjunto de datos electrónicos asociados de manera lógica a otros datos electrónicos y utilizados por el signatario como medio de identificación”, pero que no reúnen todos los requisitos establecidos por la Ley 25.506 de firma digital para ser considerados firma digital.
La firma digital, en cambio, utiliza un procedimiento matemático basado en criptografía asimétrica. Intervienen una clave privada, una clave pública y un certificado digital emitido por un certificador licenciado. Ese mecanismo permite verificar quién firmó y detectar si el documento fue modificado después.
Por eso, no alcanza con que en una pantalla aparezca una firma o que el usuario haga clic en “aceptar”. “Insertar la imagen de una firma, dibujarla sobre un PDF, hacer clic en ‘aceptar’ o ingresar un código recibido por teléfono no convierte automáticamente a ese documento en un documento firmado digitalmente”, advierte Raskin.
Esos mecanismos pueden constituir una firma electrónica, dependiendo de cómo estén implementados y de las evidencias que generen.
La diferencia clave: qué pasa si alguien desconoce la firma
Hay una aclaración importante: no es correcto afirmar que la firma electrónica “no tiene validez jurídica”. La Ley 25.506 reconoce la eficacia y validez tanto de la firma electrónica como de la firma digital.
La diferencia aparece principalmente cuando una de las partes cuestiona la firma.
En el caso de una firma digital que cumple con los requisitos legales, existen presunciones de autoría e integridad. “Se presume, salvo prueba en contrario, que la firma pertenece al titular del certificado digital utilizado y que el documento no fue modificado desde el momento de la firma”, explica el especialista.
En términos simples, si una persona desconoce una firma digital o sostiene que el documento fue alterado, deberá aportar elementos para desvirtuar esas presunciones.
Con una firma electrónica ocurre lo contrario: “Si es desconocida o impugnada, corresponde a quien pretende hacerla valer acreditar su autenticidad y validez”.
Esto no significa que una firma electrónica deje de servir como prueba. Puede producir efectos jurídicos y ser utilizada en un proceso. Pero, ante un desconocimiento, habrá que demostrar su autenticidad mediante otros elementos, que pueden incluir una pericia informática.
Por eso, Raskin resume la diferencia de esta manera: “No se trata de que una sea ‘válida’ y la otra ‘inválida’, sino que cuentan con un respaldo técnico y un régimen probatorio diferentes”.
Cómo funciona una firma digital
La mayor robustez probatoria de la firma digital está relacionada con la tecnología que utiliza.
El sistema emplea dos claves matemáticamente vinculadas. La clave privada se utiliza para firmar y debe permanecer bajo control del titular. La clave pública permite verificar la firma. A esto se suma un certificado digital que vincula esa clave pública con la identidad de una persona.
Cuando se firma un documento también se genera un resumen criptográfico, conocido como hash. Si el archivo es modificado posteriormente, incluso mínimamente, ese resumen cambia y la alteración puede ser detectada al validar la firma.
El certificado digital funciona, en palabras de Raskin, “como una credencial de identidad en el entorno digital”. Al verificar un documento se puede comprobar quién figura como titular, quién emitió el certificado, si se encuentra vigente y si el documento mantiene su integridad.
La diferencia también aparece en la posibilidad de verificar posteriormente la operación. La firma digital está respaldada por una cadena de confianza dentro de la Infraestructura de Firma Digital de la República Argentina.
¿Hay que ir presencialmente para obtener una firma digital?
Durante años, uno de los obstáculos para adoptar la firma digital fue que el proceso podía estar asociado a una validación presencial y al uso de un dispositivo físico, como un token.
Eso cambió. Raskin detalla que el Decreto 743/2024 modificó la reglamentación y estableció que la presencia física del solicitante dejó de ser una condición ineludible para emitir, renovar o revocar un certificado digital.
La normativa permite validar la identidad de manera remota mediante factores de autenticación biométrica y servicios de validación en tiempo real que confrontan los datos con el Registro Nacional de las Personas (RENAPER). La Resolución 11/2025 actualizó posteriormente los procedimientos y pautas técnicas para los certificadores licenciados.
Así, hoy es posible obtener y utilizar una firma digital de manera remota, sin que necesariamente haya que concurrir a una oficina ni transportar un token físico.
Para obtener una firma digital en la Argentina, hay que solicitar un certificado digital a un certificador licenciado, como Lakaut, y completar un proceso de validación de identidad. Actualmente, el trámite puede realizarse de manera remota, según la modalidad del servicio. Una vez emitido el certificado, la persona puede firmar documentos desde una computadora o un teléfono, sin necesidad de utilizar un dispositivo físico en todos los casos. El Estado nacional publica el listado de certificadores licenciados y las opciones disponibles.
Para utilizar una firma electrónica, en cambio, no existe un único trámite ni un certificado obligatorio para todos los casos: depende de la herramienta y del mecanismo de identificación elegido. Puede consistir, por ejemplo, en aceptar un documento en una plataforma, ingresar un código de verificación o firmar sobre una pantalla. Antes de utilizarla, conviene comprobar cómo se identifica al firmante, qué evidencia queda registrada y si el mecanismo resulta adecuado para la operación. A diferencia de la firma digital, la electrónica no cuenta con las mismas presunciones legales de autoría e integridad previstas en la Ley 25.506.
Qué firma conviene utilizar
No existe una única respuesta para todos los casos. Según Raskin, depende “del tipo de operación, de las formalidades que establezca la normativa aplicable y del nivel de evidencia que las partes necesiten”.
Para determinadas interacciones de bajo riesgo, una firma electrónica acompañada por mecanismos adecuados de identificación y trazabilidad puede ser suficiente.
En documentos de mayor relevancia económica, contractual o probatoria, la firma digital agrega garantías: permite identificar al firmante, verificar la integridad del documento y contar con las presunciones legales previstas por la Ley 25.506.
El especialista también señala que la firma digital posee equivalencia funcional con la firma manuscrita, mientras que la firma electrónica no cuenta con esa misma equiparación.
Entre los ámbitos donde puede resultar especialmente relevante aparecen contratos, acuerdos, documentación corporativa y profesional y otros procesos en los que sea importante contar con evidencia verificable sobre quién firmó y que el documento no fue modificado.
Cómo saber si realmente estamos ante una firma digital
El nombre que utiliza una plataforma no alcanza para determinar qué tipo de firma ofrece. “El nombre comercial de una herramienta no determina su naturaleza jurídica”, sostiene Raskin.
Para que exista una firma digital bajo la Ley 25.506 deben cumplirse determinados requisitos: identificar al firmante, permitir verificar la firma, detectar alteraciones posteriores y utilizar un certificado digital válido emitido o reconocido de acuerdo con la normativa vigente.
Por eso, antes de contratar o utilizar un servicio presentado como “firma digital”, conviene comprobar:
- Quién emite el certificado y si es un certificador licenciado dentro de la Infraestructura de Firma Digital argentina;
- Cómo se acredita la identidad del titular y cómo se protegen las claves;
- Qué mecanismos existen para revocar el certificado;
- Cómo puede verificarse posteriormente la firma y la cadena de confianza que la respalda.
“La pregunta clave, entonces, no es solamente qué dice el botón o cómo se presenta comercialmente la plataforma, sino qué tecnología, qué certificado y qué cadena de confianza respaldan esa firma”, resume Raskin.
Tres cuestiones a revisar antes de firmar desde el celular
Para una persona que recibe un documento para firmar, el especialista recomienda prestar atención a tres cuestiones.
- Qué está firmando: revisar el contenido, las partes involucradas y el alcance de lo que está aceptando.
- Desde dónde lo está haciendo: comprobar que se encuentra en la plataforma legítima y no ingresar credenciales o códigos desde enlaces sospechosos.
- Qué tipo de firma está utilizando y quién la respalda. Si se presenta como firma digital bajo la Ley 25.506, debería ser posible verificar el certificado utilizado, su titular, la autoridad certificante que lo emitió y la cadena de confianza.
Una vez firmado el documento, además, la firma y la integridad del archivo pueden ser verificadas posteriormente mediante herramientas de validación.
En definitiva, la diferencia entre ambas no está en si una permite “firmar online” y la otra no. Las dos pueden utilizarse en entornos digitales y ambas pueden tener efectos jurídicos. La diferencia está en las garantías técnicas y en el régimen probatorio que acompaña a cada una.
Como concluye Raskin: “La evolución de la firma digital no consiste simplemente en reemplazar el papel por una pantalla”. El objetivo es trasladar al entorno digital tres elementos: “la identidad del firmante, la integridad del documento y el no repudio de la operación”.
