

Pese a la derogación de la Ley de Alquileres, los propietarios no tendrán plena libertad para echar a un inquilino de la vivienda aunque venza el contrato. El Código Civil y Comercial todavía mantiene una regla clave que puede permitir que el locatario continúe en la propiedad, incluso si el dueño no quiere renovar.
Expertos inmobiliarios explicaron que si el inquilino permanece en el inmueble tras el vencimiento del contrato, no existe una expulsión automática ni inmediata. En cambio, el propietario debe seguir un procedimiento formal para recuperar la propiedad.
La cláusula que complica a los propietarios
Según el artículo 1218 del Código Civil y Comercial, si el contrato vence y el inquilino continúa ocupando la vivienda, no existe una renovación automática, pero sí una continuación de la locación en los mismos términos hasta que alguna de las partes comunique fehacientemente su decisión de terminarla.
Eso significa que el propietario no puede simplemente cambiar la cerradura, cortar servicios o exigir la salida inmediata del inquilino por vías informales. Si la persona no abandona el inmueble, debe iniciarse el proceso judicial correspondiente.
Qué cambió tras la derogación de la Ley de Alquileres con el vecimiento de los contratos
Con el DNU 70/2023 quedó derogada la Ley 27.551 y comenzaron a regir nuevamente las reglas generales del Código Civil y Comercial. Desde entonces, propietarios e inquilinos pueden pactar libremente cuestiones como:
- duración del contrato,
- moneda de pago,
- frecuencia de actualización,
- índice de aumentos,
- condiciones de renovación.
Sin embargo, las obligaciones legales sobre finalización del contrato y restitución del inmueble continúan vigentes.
Por eso, los especialistas remarcan que cualquier decisión debe quedar documentada de manera formal y comprobable. Un mensaje ambiguo por WhatsApp o una discusión verbal no suelen alcanzar como prueba suficiente ante un conflicto judicial.
Qué pasa si el dueño no quiere renovar el alquiler
Si el propietario decide no continuar con el contrato, debe comunicarlo formalmente. Y si el inquilino permanece en la vivienda después del vencimiento, el dueño tiene que recurrir a una acción judicial de desalojo para recuperar el inmueble.
En la práctica, esto implica que:
- el inquilino no puede ser expulsado por la fuerza,
- el propietario no puede ingresar sin autorización,
- tampoco puede retirar pertenencias ni cortar servicios,
- y toda disputa debe resolverse por vías legales.
Vale destacar que la continuidad de la ocupación mantiene vigentes obligaciones esenciales del contrato, como el pago y el cuidado de la propiedad.

Cómo funciona el desalojo en Argentina
El procedimiento habitual tiene varias etapas:
1. Intimación formal
El propietario suele enviar una carta documento o notificación fehaciente solicitando la devolución del inmueble dentro de un plazo determinado.
Esto sirve como prueba de que pidió formalmente la restitución de la vivienda.
2. Inicio de la demanda judicial
Si el inquilino no se va, el dueño puede iniciar una demanda de desalojo ante la Justicia.
Ahí comienza un expediente judicial donde el juez analiza:
- si el contrato venció,
- si existen deudas,
- si hubo incumplimientos,
- y si corresponde ordenar la restitución del inmueble.
3. Notificación y defensa del inquilino
El inquilino tiene derecho a defenderse, presentar documentación y responder la demanda. Por eso el desalojo no es automático ni inmediato.
4. Sentencia judicial
Si el juez falla a favor del propietario, se fija una fecha para devolver la vivienda. Si aun así el ocupante no se retira, puede intervenir un oficial de justicia con apoyo policial para concretar el lanzamiento.














