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Los conductores que circulen por las calles y rutas argentinas deben contar con una serie de documentos obligatorios para poder manejar.

Entre ellos se encuentra el comprobante que acredita la vigencia del seguro obligatorio, cuya ausencia está contemplada como una falta grave por la Ley de Tránsito.

La normativa establece además una consecuencia concreta para quienes sean detectados sin este comprobante: la autoridad de comprobación puede retener la licencia de conducir y reemplazarla provisoriamente por una Boleta de Citación del Inculpado.

¿Qué documento deben llevar los conductores para circular?

La Ley de Tránsito 24.449 establece en su artículo 40 que, para circular con un automotor, el conductor debe llevar consigo el comprobante del seguro obligatorio vigente previsto en el artículo 68.

Ese comprobante no tiene que ser necesariamente físico. La legislación permite que sea exhibido en formato papel impreso o digital mediante dispositivos electrónicos.

La Ley de Tránsito 24.449 establece en su artículo 40 que, para circular con un automotor, el conductor debe llevar consigo el comprobante del seguro obligatorio vigente previsto en el artículo 68. (Foto: creada con IA)Imagen creada con IA

El seguro obligatorio debe cubrir los eventuales daños ocasionados a terceros, tanto transportados como no transportados. La normativa establece que todo automotor, acoplado o semiacoplado debe contar con esta cobertura.

¿A quiénes pueden retenerles la licencia de conducir?

La medida alcanza a quienes sean detectados conduciendo sin el comprobante que acredita el cumplimiento de las condiciones del seguro obligatorio. La conducta está incluida entre las faltas graves del artículo 77 de la Ley de Tránsito.

En particular, el inciso y) del artículo 77 considera falta grave la conducción de un vehículo sin el comprobante que acredite el cumplimiento de las prescripciones del artículo 68 de la misma ley.

Por eso, no alcanza con tener contratado el seguro si el conductor no puede acreditar la cobertura exigida al momento del control. El comprobante debe poder ser exhibido ante la autoridad correspondiente.

¿Cómo es el procedimiento cuando detectan la falta?

Cuando se constata una de las faltas graves contempladas por el artículo 77, entre ellas la del inciso y), la autoridad puede retener la licencia de conducir y entregar en ese mismo momento una Boleta de Citación del Inculpado.

Esa boleta funciona como una autorización provisoria para continuar conduciendo durante un período máximo de 30 días corridos, contados desde la fecha en que fue confeccionada.

Dentro de ese plazo, el infractor debe presentarse personalmente ante el juez o funcionario designado. Allí puede optar por pagar voluntariamente la multa correspondiente o ejercer su derecho de defensa.

¿Qué pasa si el comprobante del seguro está en el celular?

La Ley de Tránsito permite expresamente presentar el comprobante del seguro obligatorio en formato digital, por lo que no es obligatorio llevar una copia impresa dentro del vehículo.

La normativa de la Superintendencia de Seguros de la Nación también establece que la posesión del comprobante del Seguro Obligatorio Automotor constituye prueba suficiente de la vigencia del seguro obligatorio.

Por eso, antes de salir a circular, es importante contar con el comprobante vigente y poder exhibirlo ante un control. En caso de no tenerlo en formato digital, será esencial tenerlo guardado en papel en la guantera.